Hola.
Yo he realizado la apuesta con referencia XXXXXXXXXXXXXXXX confiando en que la información ofrecida por Bet365 era veraz, completa y actualizada, como exige el art. 8 del Anexo I de la “Orden EHA/3080/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas deportivas de contrapartida”, y no tengo pruebas de que no haya sido así.
Además, me he estado informando, y no es legal modificar o anular apuestas, según consta en el art. 13 del Anexo I de la citada Orden Ministerial, salvo que el evento objeto de la apuesta no se celebre con normalidad (que no es el caso), y mucho menos tras conocer el resultado final, ya que evidencia mala fe por su parte.
En todo caso, de haber cometido Bet365 (o cualquiera de sus empleados) alguna negligencia, el art. 1902 y ss del Código Civil tampoco le permitiría eludir su responsabilidad sin más, como parece desprenderse de su primera respuesta.
Asimismo el “Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias”, me protege frente al intento de aplicación de eventuales cláusulas abusivas que pudiesen ser invocadas por el operador.
Por lo tanto, SOLICITO el pago de las ganancias que me corresponden, a la cuota original, con la que se formalizó e inscribió en mi historial, de la apuesta XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
En caso contrario tendré que presentar demanda de juicio verbal en el Juzgado de 1ª instancia de [VUESTRA CIUDAD] para solicitar la indemnización por el perjuicio ocasionado por su arbitraria actuación.
Saludos