#44666 x2? Yo llevo mas de un x10 con el. Y no ha pasado ni una hora desde el tweet.
#44673 Siempre hay varios. En la BSC sobre todo he visto que se han puesto mas de moda los tokens que no te dejan ni venderlos, y como solo suben la gente le entra mas fomo y compra mas xddd. Y todos copias de algo mas "famoso". Muchos se hacen hasta un twitter y empiezan a spammear la direccion, lo veo un problema bastante gordo la verdad.
#44674 Si si, normalmente hay 2-3, pero es que de babydoge he visto 10 distintos. Alguno hasta en coingecko y cmc
#44674 La gracia de las cripto es la libertad. Y en esa libertad está la de crear monedas que no se puedan vender y la de comprarlas si así lo deseas.
¿Que preferís que el chino de Binance diga qué monedas se pueden y cuales no crear? Veo mucho más peligroso esto último.
#44682 donde lo has visto? si no reconocen las cryptos pero quieren meter mano, vaya no se podia saber
#44687 Que si tienes criptos a 31 de diciembre en un exchange, te toca declararlos.
El no hacerlo implica sanciones. El 720 es famoso por sus sanciones descomunales
#44688 Ah, vale gracias.
Y si pasas los fondos/criptos a una wallet antes del 31? Y luego los devuelves.
Hasta donde yo se que no es mucho, se estipula como alzamiento de bienes a partir de 50ks en el extranjero, aquí entraría tener cryptos por dicho valor o más en un exchange con sede fiscal fuera de España.
Si esa cuantía se encuentra en un exchange en España o bien en un ledger/trezor no supondría problema.
En cualquiera de los casos eso sí, habría que declararlo en el ejercicio fiscal de cada año.
Si tienes 50k en criptos el 31 de diciembre y el 1 de enero se pega el btc el castañazo tienes que declarar los 50k mientras tu estás en -40.000€ en criptos xD. Por eso digo que los stop &loss son fundamentales, aunque es verdad que a veces desearias noi haberlos puesto.
#44698 no opina lo mismo el proyecto de Ley de medidas de prevención del fraude fiscal que van a aprobar.