Sacado de esta excelente entrada:
En caso de robo o hurto de su terminal móvil el cliente debe informar lo antes posible a su compañía telefónica para que proceda a suspender inmediatamente su línea, y dar comienzo al proceso de bloqueo del IMEI, para evitar la utilización fraudulenta de su terminal móvil, impidiendo al ladrón hacer llamadas o vender su terminal.
Algunos de los números de atención al cliente son:
Movistar: 609 (desde un Movistar) ó 1485 (desde un fijo) Movistar.es
Vodafone : 123 (desde un Vodafone) ó 607 123 000 (desde un fijo) Vodafone.es
Amena: 470 (desde un Amena) ó 656 001 470 (desde un fijo) Amena.com
El procedimiento establecido permite una rapidez de actuación, pero manteniendo en paralelo las máximas garantías para el conjunto de usuarios. Así, en función de cada caso existirán diferentes opciones, que se explican a continuación.
A - Procedimiento de atención al cliente mediante una llamada a su operador.
Cuando el operador dispone de la asociación SIM-IMEI, situacion que se produce automaticamente con el uso habitual del telefono, el proceso de bloqueo en caso de sustracción del terminal es ágil y sencillo para el usuario.
A la vez que el cliente se identifica adecuadamente ante su operador para dar de baja la SIM sustraída, mediante su número de línea telefónica móvil, el cliente simultáneamente solicitará el bloqueo de su terminal móvil.
Con carácter preventivo, para utilizaciones no habituales (terminales en itinerancia internacional o, cambios de tarjetas SIM entre terminales previos a su uso), se recomienda que el cliente se dirija telefónicamente a su operador para proporcionarle el número de IMEI de su terminal, o verificar que el operador posee la asociación SIM-IMEI. Este registro voluntario por parte de los clientes, se complementará con la información que el operador disponga en sus sistemas para correlacionar la SIM con el IMEI. Con la asociación SIM-IMEI validada, se iniciará el proceso de bloqueo del IMEI. Esta posibilidad estará disponible tanto para clientes de post-pago como pre- pago.
B - Procedimientos alternativos de atención al cliente: gama de opciones.
En el caso de que el operador no posea la asociación SIM-IMEI, el cliente dispondrá de una gama de opciones alternativas para comunicar el IMEI a su operador.
Como en estos casos el operador no dispone previamente a la llamada de la asociación SIM-IMEI, el cliente tendrá que probar esta asociación mediante diferentes opciones, entre ellas, una denuncia, una factura u otro justificante en el que figure la relación SIM-IMEI o la propiedad del terminal con ese IMEI.
Así, el cliente se identificará adecuadamente ante su operador para dar de baja la SIM sustraída mediante su número de línea telefónica móvil, y el cliente para proporcionar el número IMEI del terminal sustraído podrá elegir el medio que considere más adecuado entre los siguientes:
B.1 - Mediante una denuncia.
El operador solicitará un número de referencia de denuncia en el Cuerpo Nacional de Policía o en la Guardia Civil, en el que conste el IMEI del terminal sustraído.
El operador le indicará que tiene diferentes opciones:
Por teléfono, llamando a la Oficina Virtual de Denuncias: 902.102.112
Por Internet, en la web de la Oficina Virtual de Denuncias :
o Policia.es
o Guardia Civil.org
En persona: acudiendo físicamente al Cuerpo Nacional de Policía o la Guardia Civil.
Mediante cualquiera de las tres opciones obtendrá un número de referencia de denuncia con el que podrá ponerse en contacto de nuevo con su operador por teléfono o por Internet (e-mail o web) para comenzar el proceso de bloqueo del terminal sustraído.
Además, el cliente, mediante una segunda llamada, debera comunicar a su operador la preceptiva confirmacion de la citada denuncia.
B.2 - Mediante una factura u otro justificante
De formal alternativa a la denuncia, mediante una factura u otro justificante en el que figure la relación SIM-IMEI o la propiedad del terminal con ese IMEI, el cliente podrá enviar por fax o por carta a su operador la solicitud de comienzo del proceso de bloqueo del terminal sustraído.
3.- Bloqueo del terminal móvil
A partir del inicio del proceso de bloqueo, el IMEI del terminal sustraído se incluirá en las bases de datos de todos los operadores en un plazo máximo de tres días y a partir de ese momento no podra registrarse en la red.
4.- Desbloqueo del terminal móvil
En los casos pertinentes, por ejemplo, cuando el propietario recupere su terminal móvil, el cliente podrá solicitar el desbloqueo de su terminal móvil aportando a su operador la justificación oportuna.
España fue el tercer país en la UE, tras Reino Unido y Francia, en poner en marcha una iniciativa de estas características, en la que la Administración y los operadores de telefonía móvil desarrollaron soluciones técnicas que imposibilitan el uso de terminales móviles sustraídos.
Al igual que una tarjeta de crédito, el terminal deja de tener valor si se bloquea, y así se desincentiva la sustracción de móviles.