Abogados a mí, tema excedencia con contrato de permanencia en empresa

otheR

Buenas!

Veréis, dentro de 3 o 4 semanas me van a aprobar la Working Holiday Visa para Canadá. La pedí porque para mi futuro necesito dominar al máximo el inglés, y que mejor manera que yendo a un país a vivir y trabajar donde sea el idioma principal. Y para qué mentir, lo veo una experiencia cojonuda, tanto a nivel personal, como laboral. Este visado tiene una validez de un año una vez concedido, es decir, puedo entrar al país desde el día que me lo concedan hasta el mismo día del 2020. Mi idea era irme justo dentro de un año, para Abril del 2020.

El asunto es que en mi actual empresa nos quieren formar para un proyecto nuevo, y hoy firmando el contrato nos han obligado a firmar una clausula de permanencia en la cual por formarnos, nos obligan a permanecer en la empresa 18 meses.

Mi duda es la siguiente, incumplo yo esta clausula si para dentro de un año, cuando hayan pasado solo 12 meses de esos 18, pido una excedencia? Abandonando la empresa entiendo que sí, obviamente, pero con la excedencia qué pasaría? En caso de que aún la incumpla y tire para delante, he leído que la empresa puede pedir 'daños'... supongo que estos daños serían el importe del curso que me han dado, no?

Un saludo y gracias!

SmashingP

No supongas, en lo que has firmado debe de venir exactamente la indemnización por los daños y perjuicios que les ocasiones.
Una excedencia te desvincula de la empresa, además tendrás que tener cierta antigüedad para poderla pedir supongo.

1 respuesta
otheR

#2 sí, según mi convenio es un año y la tengo. En el papel que he firmado no aparecía nada específico.

ReBeLStRiKe

#1 Si ya has firmado un compromiso de permanencia no podrás coger una excedencia voluntaria, aunque lleves un año de antigüedad, pues supondría un incumplimiento de contrato.

Ello supondría que el empresario podría exigirte una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

Prixhus

No tengo claro que se incumpla la cláusula. Una excedencia no te desvincula de tu empresa ya que lo que sucede es una suspensión de la relación laboral, pero no es una extinción. Durante la excedencia la relación se encuentra "viva", sin producir efectos pero todavía en uso, no se extingue. Ten en cuenta que en la excedencia voluntaria no hay reserva del puesto de trabajo, ese es el aspecto que podría complicar el asunto.

Mejor pregúntalo en tú empresa. Yo creo que la duración de la excedencia no formaría parte del cómputo ya que como digo sigues formando parte de la empresa pero por si acaso pregunta.

Glaed

Deja de preguntar por un foro y paga por un abogado, rata.

Usuarios habituales

  • Glaed
  • Prixhus
  • ReBeLStRiKe
  • otheR
  • SmashingP