#12 Sí, puedes, pero no te van a pagar esos 10 años. Es retroactiva hasta 3 meses, oséase, que si tienes derecho a percibir la pensión de orfandad (todo depende de la situación de cotización del progenitor) te pagarían los 3 meses anteriores desde la fecha de solicitud y luego te pagarían mes a mes (con pagas extra) hasta el momento en el que se extinga la pensión.
Edit: Vale, he leído más arriba. Pues aún te quedan 3 años por poder cobrarla... tu madre la verdad que tiene delito el dejar pasar 10 años algo así. Ve cuanto antes a la Seguridad Social, pidiendo cita primero por internet o por teléfono, y que te expliquen los trámites que necesitas.