Duda Trabajo/Prácticas CFGS

dSk0p

Voy a cumplir 30 años y llevo desde Agosto de 2017 trabajando de forma indefinida en una empresa de alimentación. Desde el año pasado estoy cursando un CFGS de automatismos y robótica industrial.
Donde estoy trabajando estoy bien, un sueldo muy justo (1100€, 12 pagas) pero se me trata con respeto y no tengo malos rollos con encargados o el gerente. En ese aspecto todo correcto, pero, no me veo toda la vida trabajando ahi haciendo lo mismo tal,tal..

Mi idea seria que cuando terminara el curso hacer las prácticas en alguna empresa del sector y poder colocarme aun que sea empezando desde abajo.
Ahora la cuestion seria

Seria mejor cojerme una excedencia donde estoy y probar suerte hasta donde me de la excedencia? Cuanto podria durar esa excedencia? Se podria compaginar trabajo y practicas a la vez? (Trabajo a jornada intensiva 3 turnos 40h semanales)

B

Para que te den una excedencia de este tipo el empresario debe de estar de acuerdo. El máximo creo que eran dos años, pero debes acordar el tiempo con el empresario (puede ser menos). La excedencia no te garantiza que, cuando se acabe, tu puesto de trabajo esté esperándote. Mira bien esta parte según tu convenio. Y si te llevas bien con tu jefe, habla con él. Siempre puedes decirle que necesitas la excedencia por tres meses, para terminar el módulo. Y si luego te cogen en el otro lado pues ya verías que hacer.

Puedes compaginar tu trabajo con las prácticas siempre que la empresa esté de acuerdo en aplicarte un horario diferente y siempre que hagas todas las horas que tienes que hacer en el tiempo estipulado para ello. Ahora, piensa que serán 40h de curro y 40h de prácticas. Eso es duro.

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Prixhus
#1dSk0p:

Seria mejor cojerme una excedencia donde estoy y probar suerte hasta donde me de la excedencia?

Esto te lo respondo yo porque la gente se confunde.

La excedencia que tú pides es la voluntaria común, lo único que se requiere es tener un año de antigüedad en la empresa y que hayan transcurrido al menos 4 años desde tu anterior excedencia (si es la primera no hay problema). En cuanto a la duración el de arriba se equivoca ya que es la excedencia voluntaria para el cuidado de hijos la que es de 2 años, la tuya (excedencia voluntaria común) es de mínimo 4 meses y máximo 5 años.

El empresario no puede negarse, de hecho si lo hace interpón demanda (declarativa de derecho) ante el Juzgado de lo Social, incluso te puede caer indemnización por los daños ocasionados, no olvides que es un derecho que tienes a partir de cumplir el requisito.

Por último, no tienes reserva de tu puesto de trabajo, pero tienes un derecho preferente de ingreso en las vacantes de igual o parecida categoría (esto tenlo en cuenta porque es mejor no fiarse).

Si posteriormente te quieren coger en la empresa de prácticas basta con dimitir de la otra, puede que te fastidie el preaviso pero nada más, una de las características del trabajo es la voluntariedad.

Suerte, cualquier duda envíame mp.

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