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Normalmente, si pasan 12 horas entre la salida del turno y la entrada del siguiente turno sí es legal, si no ha pasado ese tiempo, no
Como un libro en llamas.
Entre turno y turno tienen que pasar un mínimo de 12 horas. Además, si no es por fuerza mayor (p. ej. la baja de un compañero) y comunicado con un mínimo de 48 horas de antelación, tampoco es legal. Pero eso, que como un libro en llamas.
La ley indica que tienen que enviarte a casa una carta certificada, normalmente se persona la policía. Negarse a ser delegado de mesa electoral es delito a no ser que tengas una muy buena excusa.
Depende del convenio, yo tengo mi horario de todo el año y se supone que tienen que avisar con 30 días de antelación ante cualquier cambio.
Esto no lo cumplen, normalmente no suele ser perjudicial para el trabajador y si lo es se trata de un 50/50 para trabajador y empresa.
En mi caso que me lo hagan de vez en cuando no me importa.