(que alguien edite la errata del título)
Estoy matriculado en un ciclo superior de Formación Profesional desde hace años y había pensado en terminar este año, y contemplaba también la posibilidad de hacer el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
Hoy hablé con el tutor, y de pasada me comenta que para realizar las prácticas, a partir de enero de 2024, tienes que estar dado de alta en la Seguridad Social, cotizando como trabajador por cuenta ajena, según el artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.
¿Qué consecuencias prácticas tiene esto? Si lo he entendido bien, esto supone que no hay manera legal de que una persona pueda ingresar dinero de forma alternativa mientras realiza unas prácticas de FP a no ser que el ciclo sea en de modalidad Dual o intensiva.
Es decir, hasta ahora, una alumno de FP con un empleo podía hacer las 400 horas de prácticas compaginándolo con su trabajo si solicitaba reducción de jornada, y por lo que sé, había gente que empezó en esa situación sus prácticas en septiembre con la intención de acabar en enero o febrero y han tenido que pararlas sin terminar porque nadie sabe muy bien las consecuencias legales de seguir. También, si una persona estaba en situación de paro y cobrando el subsidio por desempleo, podía seguir cobrándolo mientras hacía las prácticas. Ahora nada de eso es posible, y tampoco puede hacer prácticas si está en situación de baja laboral, aunque no sea inhabilitante para dichas prácticas.
Esta medida la venden como una mejora para el alumnado, que pasará a cotizar, pero estando dado de alta en la mayoría de los casos por tu propio centro educativo, sin recibir remuneración, (tampoco cuenta para la jubilación esa cotización si estás en tus últimos años), y sin implicación laboral de ningún tipo con la empresa (aunque estés dado de alta en la Seguridad Social no es un trabajo, sólo un módulo más de tu ciclo formativo) en la que estás echando 8 horas diarias de tu vida durante 3 meses.
¿Para quiénes es positivo esto? Supongo que lo harán pensando en los jóvenes que terminan la ESO o Bachillerato y se puedan permitir vivir dos o tres años más de los padres mientras estudian y hacen sus prácticas; pero hay gran parte del alumnado de FP que se reenganchó a los estudios tarde, que tiene responsabilidades económicas, familiares, deudas, etc. ¿Esa gente cuándo y cómo va a poder realizar las prácticas? Si tienen trabajo, tendrían que dejarlo o pedir excedencia para estar 3 meses haciendo unas prácticas sin cobrar un duro, y si estaban haciendo la formación mientras estaban parados, dejarían de cobrar el subsidio para hacer las prácticas.
No sé cómo interpretar eso, de verdad, imagino que no lo he entendido bien, porque parece que esto sólo va a servir para que el Gobierno de España, además de ahorrarse las pensiones contributivas del desempleo de los parados en prácticas, haga algún tipo de magia estadística y nos diga a partir de abril que hay 400-500k nuevas altas en la Seguridad Social conforme comiencen los alumnos a hacer las FCT.
¿Esto es como creo que es? ¿Qué opinión tenéis? Si hay algún profesional de la docencia, letrado, laborista, que tenga conocimientos para poder explicar las consecuencias prácticas de la aplicación de esta ley, me gustaría leer su opinión.