#10919 va haber una hostia en teoria que vais a flipar
Se retrasa el examen teórico a enero. Ya es oficial en la web del cnp
#10924 perdona estaba en la biblio y no he vuelto a mirar el foro
#10924 http://www.policia.es/actualidad/esc_bas_2016.html
Por problemas logísticos, queda anulada la fecha estimativa del 3 de diciembre para la realización de los ejercicios de conocimientos y ortografía, para el proceso de ingreso en la Escala Básica de la Policía Nacional, Resolución 12/04/2016.
Próximamente se comunicará la nueva fecha estimativa, significando que los ejercicios no se realizarán, como mínimo, hasta primeros del próximo año 2017.
A ver si alguien puede resolverme una duda sobre el tema nuevo de extranjería. Es sobre los casos en los que se concede el derecho a residir permanentemente en España. En el artículo 10 del RD/2007 dice que si el titular del derecho a residir en España ha fallecido con anterioridad a la adquisición del derecho de residencia permanente, sus miembros de la familia tienen derecho a disfrutar de esa residencia permanente cuando concurran una serie de circunstancias, y una de ellas es la que me ha producido esta duda, dice asi: "Que el cónyuge supérstite fuera ciudadano español y hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido" .
No entiendo esto porque se supone que no es posible que una persona española pueda perder la nacionalidad por haberse casado con alguien que no lo era. En todo caso la habría perdido por haber dejado de vivir en España durante 3 años y no haya manifestado intención de conservar su nacionalidad, pero por el simple hecho de un matrimonio como dicen expresamente en ese artículo... no tiene sentido, al menos para mi, a ver si me lo resolveis, gracias.
#10928 quizá si te casas y vives en otro pais y pierdes la nacionalidad española? Ni idea, no he estudiado ese tema.
#10928 Yo ahora mismo la verdad es que tampoco tengo ni idea. Podria entender que adquieres otra nacionalidad con ocasion del matrimonio con el extranjero y por ello lo del articulo 10. Pero vamos que en ningun lado he visto que se pierda la nacionalidad expresamente por el matrimonio.
yo entiendo que será no como consecuencia directa del matrimonio, si no por los derecho que este puede conllevar para obtener la nacionalidad. La verdad que otra explicación no entiendo porque nadie pierde la nacionalidad directamente por casarse
#10928 Supongo que se referirá a que la pierde porque al casarse ha adquirido la de su pareja.
Por ejemplo.
Español se casa con francesa, y el hombre pide la nacionalidad francesa.
Pasados unos años, la francesa muere y el español puede recuperar su nacionalidad española.
Buenas.
Una pregunta un poco extraña, la Constitución ¿Cómo recomendaid estudiarla?
Es que no sé si estudiarme de qué va cada artículo, estudiarmela literal todos los artículos... Además no sé si estudiarme el preliminar y el título I, o hasta el II, o todos.
Es que en realidad estudiarme 50 artículos literal me parece prescindible, pero nunca se sabe, no sé.
Consejos?
#10936 Es esa, que la he consultado hoy xD
#10933 Puedes empezar por aprenderte los capítulos, de que trata cada uno y qué artículos engloba. Si te preguntan qué dice el artículo 63 y no te acuerdas exactamente, pero la opción A habla del parlamento, la B de la bandera y la C algo sobre lo que le corresponde al Rey... al menos te sitúas un poco por donde vas.
edit: Capítulo II "La Corona" del 56 al 65.
No te aprendas todo del tirón, lee el tema y ya verás que de tanto hacerlo se te quedarán grabados a fuego los artículos.
Una pregunta, desde verano que estoy Off, era por saber si se ha aprobado o ha entrado en vigor alguna ley ultimamente, alguna modificacion, Vacatio Legis...?
Yo solo se que el 2/10/16 entrava en vigor la 39 y 40/2015, que aun ni me he mirado XD.
#10933 Al final si le metes horas de tanto trabajarlos se te van quedando casi sin esfuerzo. Para mi aprenderselos al dedillo por que te pueda caer una pregunta super rebuscada de un articulo rarisimo no merece la pena en relacion al esfuerzo que conlleva. Aun asi, si te sobra tiempo y ganas, adelante, eso puede suponer una pequeña diferencia.
Aqui en Baeza ya pega la rasca buena y nosotros aun con la uniformidad de super mario fontanero y sin abrigos aun
Alguien sabe qué tal están los test de temario de el rincón del policía? merece la pena cogerlos? o alguna editorial recomendable para test? Gracias de ante mano.
#10945 me han comentado unos 18300 pero la verdad que me parecen muchos, no se si son cifras oficiales.
Hola a todos,
Se sabe algo de plazas, posible mes de examen, etc de esta próxima convocatoria de GC?
Aun que aquí supongo que la mayoría vais a CNP acaban de anunciar que para los Mossos d'Esquadra no bastará solo con la ESO sino que hará falta Bachillerato, Grado Superior o Título Universitario.
También eliminan la edad máxima de 35 años y prometen hacer más pruebas psicofísicas a los agentes para que no se dejen una vez dentro del cuerpo.
Fuente en catalán: http://www.ara.cat/societat/mosso-nhi-haura-prou-lESO_0_1688231236.html