#12751 Se dice que el principio de intervención mínima está compuesto por dos pilares: la subsidiariedad (el derecho penal como ultima ratio, defendiendo los intereses sociales que no puedan ser defendidos con otras formas de control social o ramas del ordenamiento jurídico) y la fragmentariedad (en el sentido de que el derecho penal solo debe actuar frente a los ataques más graves a esos intereses, excluyendo por tanto actos de bagatela contra ellos).
Hecha la explicación teórica, vamos con otra de andar por casa.
¿Por qué tirarse un pedo en público no es delito?
A -) Porque ya existen otras formas de control social (p. ej. la reprimenda de los padres durante la infancia o el reproche social durante la edad adulta) que consiguen el objetivo. Esto es una manifestación de la subsidiariedad del derecho penal.
B -) Porque aun cuando fallan tales controles sociales, el ataque al bien jurídico protegido (el bienestar del resto, la salud pública afectada por la exposición al metano) es tan liviano y pasajero, que no merece el reproche penal. Esto es una manifestación del carácter fragmentario del derecho penal.
Ambos A y B son, a su vez, manifestaciones del principio de intervención mínima.