Pregunta sobre indemnización por despido

ViLLa6

Hola buenas, estoy haciendo una práctica de derecho del trabajo y tengo una duda, a ver si alguien puede echarme una mano.
Ante un despido improcedente, en el que el trabajador decide rescindir el contrato y por tanto acceder a la indemnización, si la fecha de ingreso en la empresa por parte del trabajador es anterior a la reforma laboral del 12 de febrero del 2012, el tramo hasta ese punto se calculará con la base de indemnización de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades y el tramo restante desde el 12 de febrero del 2012 hasta la fecha del despido a 33 días por año trabajado con máximo de 24, o se calcula todo con la nueva base impuesta tras la reforma?
Muchas gracias

thous

Si no fallo, se calcula hasta la reforma por un lado, y después de la reforma por el otro.

1 respuesta
ViLLa6

#2 Eso me dice la lógica, el problema es que no ha puntualizado la profesora que sea así y en internet no encuentro ninguna fuente fiable.
Además el LET tampoco lo aclara...

1 respuesta
Angel89

mitad y mitad, esa ley no era de caracter retroactivo.

2 respuestas
thous

#3 fijate si la ley es de caracter retroactivo tienes la respuesta.

#4 sal de mi mente!

1 respuesta
danix64

Si te quieres asegurar tienes que buscar las disposiciones transitorias en la ley propia de la reforma, pero el criterio que decis parece el correcto a priori

1 respuesta
YDC

Tuve examen de esto la semana pasada, y ya te digo yo que si, que es como decis :P

1 respuesta
ViLLa6

#4 Vale, muchas gracias. Entonces si en el ejemplo el año de ingreso en la empresa es 1991, la reforma se lleva a cabo en 2012 y el despido es en 2014, 21 años hay que calcularlos con el antiguo plan y los 2 restantes con el nuevo (obviamente esto está hecho por encima, tengo en cuenta que hay que prorratear los meses). ¿Es así?
#5 #6 #7 Muchas gracias ;)

1 respuesta
YDC

#8 Si, y un detalle, si tienes 25 meses (por ejemplo) de los cuales 24 son con 45 dias, no podrás meter el mes de 33 dias en la indemnización, ya que el tope de mensualidades en el de 33 es 24 (No se si me expliqué bien)

1 respuesta
ViLLa6

#9 Sí, se da el caso de que en el primer tramo (antes de la reforma de 2012), ya exceden los 740 días máximo del segundo tramo (después de la reforma), por lo que solo contabilizo la indemnización de la primera parte.
De nuevo muchas gracias a todos, el mod puede borrar este hilo.

Usuarios habituales

  • ViLLa6
  • YDC
  • danix64
  • thous
  • Angel89