#9 es que por lo que cuentas creo que o estás explicándote mal o no termino de entender totalmente la situación. existe la jubilación anticipada y la prejubilación.
la anticipada es a causa de ERE's o causa voluntaria, y la prejubilación está pactado con la empresa. si es causa voluntaria (que es lo que parece según lo que escribes) la empresa no tiene ninguna necesidad de llegar a nada. puede hacerlo si económicamente le interesa y simular un "despido". esto es, negociar previamente al despido una cantidad que tu familiar y empresa consideren razonable, clavarle un despido, ir al acto de conciliación y pactar ahí. esto sobra decir que es un fraude a la SS.
la prejubilación es por interés mútuo (empresa y trabajador). de ser así, puede producirse desde un contrato de reelevo, a que empresa-trabajador fijen una cuantía "X" (evidentemente menor que el sueldo) de salario, reduciendo también su cotización, pero con tantos años a las espaldas dudo que sea significativa de cara a la pensión, si es que se viese afectada (que lo dudo). esta es la forma legal, pero que precisamente por eso, muchas empresas salvo pactado en convenio, evitan hacer.