Reducción de sueldo en empresa privada

Weahl

A un familiar y a todos los trabajadores de su misma empresa les han reducido el sueldo un 35% porque dicen que está mal la cosa por la crisis, pero ellos deben de seguir trabajando las mismas horas que antes.

¿Es esto legal? ¿Se puede hacer algo?

Muchas gracias.

allmy

#1 Si, artículo 41 del estatuto de los trabajadores.

Se puede hacer pero se tiene que hacer bien, con periodo de consultas, etc...

1. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.

Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:

a) Jornada de trabajo.
b) Horario y distribución del tiempo de trabajo.
c) Régimen de trabajo a turnos.
d) Sistema de remuneración y cuantía salarial.
e) Sistema de trabajo y rendimiento.
f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley.

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N

Tendran que hacer lo que se hace siempre en estos casos: joderse y bajar la productividad.

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allmy

#3 Por bajada en la productividad te pueden echar con un despido disciplinario, sin indemnización, ni paro. Lo puedes hacer, pero en aquellos trabajos en los que la productividad no se pueda medir muy bien (camarero de un bar por ejemplo), en los que sean más productivos (de producción pura y dura) yo me andaría con pies de plomo, y más ahora. Si hay que hacer un ERE, los poco productivos van primero, si es que no te los cargas antes a disciplinarios...

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B

#4 Una pregunta.

¿Desde cuando en un despido disciplinario no tienes derecho a paro? Es una baja no voluntaria.

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HoTiTo

A priori, no estoy a favor de EREs ni de medidas como la bajada de salarios, pero habría que ver si realmente la empresa está pasando una mala situación. Si así fuera, habría que elegir entre bajada de salarios o simplemente echar a la gente. O incluso cerrar el chiringuito.

Supongo que en ese caso preferiríais lo primero.

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allmy

#5 La mayoría de las veces, cuando se va a conciliación o a juicio, por la dificultad que tiene el demostrar la causa por la cual le has despedido al trabajador, se acaba haciendo improcedente. Pero en sí, no tienes derecho a paro por disciplinario procedente.

#5 Antes no se si era de otra forma, pero ahora por lo menos es así. La SS ya no da paro tan a la ligera.

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Weahl

#2 Muchas gracias por la respuesta allmy, pero me surge otra duda.

¿Que es un periodo de consulta? ¿Y a quién tiene que demostrar la empresa que tiene problemas económicos? ¿A los trabajadores o a un organismo del gobierno?

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Ifz44

La cosa es que esté justificado, es decir, ¿la empresa va realmente mal como para bajar los sueldos?

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allmy

#1 Y sobre si se puede hacer algo, depende.

Si se ha hecho con acuerdo de los representantes de los trabajadores, siempre y cuando no haya habido filtraciones en la negociación, coacción o cosas así, no puedes demandar. Vamos, puedes, pero no te la admiten a trámite.

Si se ha hecho sin acuerdo de los representantes de los trabajadores, puedes demandar alegando que no te crees la causa que ha motivado la reducción de salario.

Pero vaya, que si la empresa lo ha hecho, probablemente tenga causa. Una causa puede ser desde comprar una nueva máquina, a tener pérdidas, abrir un nuevo centro de trabajo, disminución en las ventas, etc.

D

#7 Eso es mentira. Con despido disciplinario sí tienes derecho a paro, además de tu correspondiente finiquito. Lo que pierdes es la indemnización. Y el curro claro :D

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DeFiNiTioN

#1 A un amigo hace unos meses le redujeron el sueldo en 200 euros, podía elegir eso, o si no le gustaba irse a la calle.

A una amiga hace ya algo más de tiempo, le ofrecieron bajarle el sueldo 100 euros, trabajar a media jornada cobrando la mitad, o irse a la calle.

Ambos siguen trabajando, en lugar de estar en su casa en el sofá, y una reducción de sueldo es legal, si no gusta, ya habrá otro que trabaje por eso y por menos.

allmy

#8 Cuando es algo colectivo, si la empresa es un poco grande (a partir de 100¿?, no me acuerdo exactamente), el empresario tiene que abrir un periodo de consultas, informar a los representantes de los trabajadores, estos, constituir una comisión, y negociar con ellos. Si hay acuerdo perfecto, en 7 días se aplica. Si no hay acuerdo se aplica, pero se puede demandar.

Hay que demostrar las causas ante el juez, previa demanda.

#11 Eso es si en la conciliación o el juez lo declara nulo, en cuyo caso te puede readmitir, o pagarte como improcedente (con finiquito y paro), cosa que ocurre casi siempre.

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B

#7 Te equivocas.
Una cosa es derecho a indemnización, y otra cosa es derecho a paro.

Si es despido disciplinario pierdes el derecho de la indemnizacion, sin que esto afecte a que te tengan que pagar lo que te corresponda de salario mensual, vacaciones pendientes y la parte proporcional de la paga extra. En todo caso... tienes derecho a paro, siempre y cuando hayas cotizado al menos 1 año.

En cambio, si es un despido improcedente, no solo tienes derecho paro, sino que también a la indemnización que son 33 días por año trabajado mas todo lo anteriormente mencionado.

#16 No se te olvide darme manita ;)

2 respuestas
HoTiTo

#14 Te equivocaste quoteando xD

Edit: Ninja edit.

allmy

#14 Ya lo voy a mirar, pero juraría que no.

En meneame he encontrado esto:

El despido procedente no da derecho a desempleo. 'Eso es lo que la gente llama "arreglar los papeles del paro": que la empresa te despida improcedentemente "de papeles", declarando una indemnización pactada irrisoria, para que puedas presentarte al INEM en busca de la prestación.

Si tu despido es procedente o disciplinario, o la baja en el empleo es voluntaria, no tienes derecho a paro. Te lo dice uno que tuvo que pelar su presatción porque cambió de curro y al irse al paro después del segundo empleo, el INEM pensaba que mi despido era "fraude de ley" (y éso que el empleador era la propia administración).

Se tendrá derecho a prestación por desempleo cuando:

Cuando, declarado improcedente o nulo el despido por sentencia firme y comunicada por el empleador la fecha de reincorporación al trabajo, no se ejerza tal derecho por parte del trabajador o no se hiciere uso, en su caso, de las acciones previstas en el artículo 276 de la Ley de Procedimiento Laboral.

1 respuesta
D

#13 Que no, pesado. Yo voy a mi curro en pelotas, con unas botas de cowgirl y un sombrero de copa. Le pego un puñetazo al jefe delante de todo el mundo. Despido disciplinario procedente. Me quedo sin curro, sin indemnización y probablemente con una denuncia por agresión, pero el paro y el finiquito no los pierdo.

Otra cosa sería que te pillasen con un una mangarrufa tipo despido pactado, muy típico en hispañistán.

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Weahl

#9 Ellos dicen que si, lo que no sé es si les enseñan las cuentas a los trabajadores o algo, lo tengo que consultar.

Gracias a todos por vuestras respuestas, me habéis aclarado bastante el tema ;)

antipirata

Una rebaja del sueldo bien explicada es posible, un aumento en las vacas gordas también, si la empresa es un equipo no se duda que apretarse el cinturón puede ser la salvación de la empresa.

http://informativojuridico.com/una-empresa-no-puede-aplicar-una-rebaja-salarial-por-motivos-econ%C3%B3micos-tras-haber-despedido

La emprea tiene que saber que gastos tiene y adecuar su actividad, si ingresas 100 euros no puedes gastar mas, eso es de cajón, sino saben hacer eso mal asunto.

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AnuQeiRo

#7 Si claro, llevo cotizando 10 años le levanto el dedo al jefe,me despide y no tengo derecho a paro?

Claro claro..Mato a alguien.

3
MisKo

Si no te vas tu voluntariamente, tienes derecho a paro, independientemente del motivo.

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MaKi

#16

El caso que pones, es diferente, se cambio de curro, y fue despedido antes de 3 meses. Eso la ley lo contempla como posible perdida de desempleo (hoy en dia, es seguro que lo pierdes), ya que el paro se protege de que te cambies de empleo solo con la intención de cobrar el paro. Lo que se llama rigidez laboral.
En resumen, si llevas más de 3 meses y te despiden involuntariamente, tienes derecho a paro (si tienes paro claro, has trabajado más de 1 año, etc ...)

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B

#22 #21 #19 #17 Vamos a complicar un poco el caso.

Imaginemos que una persona lleva trabajando 6 años en su mismo puesto de empleo, causa baja voluntaria.
Obviamente no tiene derecho a paro.

Esta persona disfruta de un viaje de un año por el mundo.

A su regreso, encuentra mediante ETT un trabajo para una semana.

Una vez trabaja esta semana, ¿tiene derecho a paro?

2 respuestas
Intriga

#6 Por supuesto, yo entiendo que si la empresa va mal, mejor que cerrar es apretarnos todos un poco.

Pero si va mal por falta de trabajo, porque hay que currar las mismas horas? reducción salario-horas seria lo lógico no?.

A no ser que sea una actividad cuya produccion/carga es independiente del volumen de trabajo, lo cual parece complicado y se dara en menos casos.

L

#23 si.

No puedes disfrutar del paro en el momento en que abandonas tu trabajo. Pero tener lo tienes ahi, asi que en cuanto consigas otro trabajo, por muy breve que sea, y luego te despidan, ya podras chupar el paro que tenias, que seran 24 meses (por lo de 6 años).

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B

#25 Corresponde 4 meses de paro por cada año trabajado, total 24 meses. :)

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L

#26 normalmente suelen ser 20dias por año

Pero si tiene mejores condiciones, pues mejor.

EDIT: 24 meses en el otro post, no se de donde saque los 48 D:

2160 dias que dan 720 que son los 24meses.

MisKo

#23 Ya te han ido contestando, yo a esa situacion en concreto no sabría que contestarte.

Mi opinion es contraria a la de los demas xD, mas que nada por que creo que hay que trabajar un MINIMO en una nueva empresa para optar a paro, si no cualquier amigacho podría darte trabajo durante X tiempo, y luego despedirte en el periodo de prueba sin que a el le pase nada, y tu tener el paro.

Pero para esas cosas, ya hay que consultar a algun abogado laboralista xD

Hernani

#1 Ve a un sindicato y que os asesoren , tienen abogados etc.. y te pueden aconsejar bastante mejor que la gente de por aquí.

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