Tiene derecho a paro?

isvidal

Buenas,

Tenemos hora en el SEPE ya, y no queria marear a un asesor laboral por una pregunta que puede ser una chorrada, asi que la disparo aqui, quizas vosotros lo sabeis.

Mi pareja ha estado trabajando estos ultimos 6 años a jornada completa, el mes pasado decidio dejarlo, encontro otro trabajo de obra y servicio, podian ser meses o no, al final ha sido solo una semana y media, y ya le han dicho que el martes le extinguen el contrato.

La pregunta es sencilla, tiene derecho a la prestación por desempleo?

Merci!

LwZ

Yo no se si habrán cambiado las normas o las leyes, mi pareja el año pasado tuvo algo por el estilo y cobro prestación.

El de SEPE le dijo que mientras tengas 1 días cotizado en otra empresa y no te hayas ido ni despido improcedente te llega para cobrar la prestación.

Krules

Llamas al 060 y le preguntas lo mismo que aquí

thecaballero

Juraría que si, no tenía derecho al dejar el de 6 años, pero al haber terminado contrato en este último si que debería tener.

1
Kaledros

Son mínimo tres meses en el nuevo trabajo después de una baja voluntaria, y creo que se aplica también a los contratos por obra o servicio.

1 respuesta
MV-Ignited

#5 Yo entiendo que eso que dices no es cierto:

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-acceso-prestaciones/cobrar-prestacion-tras-baja-voluntaria.html#::text=Si%20posteriormente%20trabajas%20en%20una,a%20una%20prestaci%C3%B3n%20por%20desempleo.

Caso 1:

  • Baja voluntaria
  • No superas periodo de prueba en la nueva
    ---> no tienes derecho a paro

Caso 2 ( y el que expongo ):

  • Baja voluntaria
  • Se te acaba/extingue el contrato en la nueva
    ---> si tienes derecho a paro

O eso es lo que entiendo de este link.

1 respuesta
Kaledros

#6 No me carga el enlace, pero precisamente los 3 meses están pensados para que no te vayas tú de un trabajo, te contrate una semana tu cuñado en su tienda de ultramarinos y luego pidas el paro cuando acabe la semana. Es decir, que (creo, que te lo confirmen en el SEPE) que aunque la baja la cause porque el nuevo contrato se acaba siguen teniendo que pasar tres meses mínimo.

SnighT

Si tiene

Sergiov

Lo miré hace poco y una semana el SEPE puede que ponga problemas pero con un mes es más creíble, tienes un post de consultorio laboral (pregunté lo mismo)

VriejElBardo

Si su contrato ha terminado sí que tiene derecho, en caso contrario no.

Dredston

.

2 respuestas
Sergiov

#11 igualmente ya te digo yo, que consulté con un par de abogados laboralistas ( el de mv y otro ) y ambos dijeron lo mismo. El SEPE puede considerar fraude si no llega a un mínimo de días como un mes por lo que te la pueden denegar, pero ojo por intentar no pasa nada

1 1 respuesta
Dredston

.

Kaledros
#11Dredston:

por no superar el periodo de prueb

El caso del OP no es no superar el período de prueba, es fin de obra o servicio.

1 respuesta
eXtreM3

Según Justicio sí, tiene derecho a paro.

https://justicio.es/respuesta/RDC2N5Ujq

Sí, en el caso de que tu pareja haya trabajado a jornada completa durante los últimos 6 años y haya perdido su último trabajo de obra y servicio después de una semana y media, tendría derecho a solicitar la prestación por desempleo tras la extinción del contrato. La duración de la prestación por desempleo estará en función de los períodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. Es importante que tu pareja solicite la prestación en el plazo establecido para poder acceder a este derecho.

1
Dredston

.

1 respuesta
shout_ken

Sí tiene derecho. Eso de los 3 meses no es así. Conozco a bastante gente (por desgracia) que ha cobrado el paro después de trabajar 2-3 días en un nuevo trabajo temporal.
Uno precisamente hace una semana.

1 respuesta
shout_ken

#16 Illo tú posteando? No estabas borrando sistemáticamente tus mensajes?

1 respuesta
bitelchuss

Sí.

Krules

#18 los escribe el dr jekyll por el día y los borra mr hide por la noche

Moonlight86

De hecho aprovecho, y también vale, y tienes derecho a paro si en vez de baja voluntaria coges Excedencia voluntaria por cuidado de menor y luego pillas un trabajo como #1 de 3 días y acaba por obra y servicio o te echan por otro motivo.

Lo digo porque a veces esta esa opción en vez de baja voluntaria, cuando consigues otro trabajo de obra y servicio por muy poco tiempo, pides excedencia por cuidado de menor o familiar, haces el nuevo trabajo, y luego cobras el paro mientras estas de excedencia del primer empleo.

Sergiov

#17 pues ya me dirás cómo el sepe no dice ni mu con eso porque ya te digo que yo he consultado y me han dicho mínimo un mes, asique no entiendo nada, o conocen a la que te gestiona el caso o no sé..

1 respuesta
TeKMoN1

Si te vas tú no tienes derecho, pero si te echan, con tan sólo 1 día de trabajo ya tienes derecho.

Moonlight86

#22

pues ya me dirás cómo el sepe no dice ni mu con eso porque ya te digo que yo he consultado y me han dicho mínimo un mes, asique no entiendo nada, o conocen a la que te gestiona el caso o no sé..

De donde sacas ese mes? si precisamente en el propio SEPE (en el enlace que han puesto) dice que no hace falta nada de tiempo:

Sin embargo, sí podrás percibir dicha prestación si el cese en la segunda empresa de forma involuntaria se debe a un motivo distinto al de no superar el periodo de prueba (por ejemplo si cesas por finalización del contrato) con INDEPENDENCIA DEL TIEMPO TRANSCURRIDO desde la fecha de la baja voluntaria anterior.

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/FAQS/requisitos-acceso-prestaciones/cobrar-prestacion-tras-baja-voluntaria.html#::text=Si%20posteriormente%20trabajas%20en%20una,a%20una%20prestaci%C3%B3n%20por%20desempleo

Usuarios habituales

  • Moonlight86
  • TeKMoN1
  • Sergiov
  • Krules
  • shout_ken
  • Dredston
  • Kaledros