Un colega tiene tenía puestos faros antiniebla led en su coche que no eran de serie, y después de pasar varias ITVs sin problema, le han empezado a poner pegas. Puedo entender que es una modificación del coche y demás, pero lo que me choca es que la solución que le han dado es que los quite directamente.
Por lo visto estar poniendo y quitando antinieblas en ese coche es un coñazo porque hay que desmontar mucho dice. Y según chatgpt la ley es así:
El motivo por el que puede pasar la ITV sin faros antiniebla es que en España los antiniebla delanteros no son obligatorios en todos los vehículos. Sin embargo, si están instalados, deben funcionar correctamente y cumplir con la normativa.
La pregunta es, cuando empieza a contar como que el faro tiene un antiniebla instalado? Se podría poner el cristal solo del antiniebla a lo mejor ahumado o algo similar para que no quede el hueco y se vea feo? O el cristal solo ya contaría como antiniebla instalado y por lo tanto debe funcionar?
(es canarias por lo que no ha usado los antinieblas en su vida hulio)