La Ley de Violencia de Género, una ley discriminatoria
La Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género no sólo es discriminatoria, sino que además vulnera el principio de igualdad, y malinterpretada puede dañar el derecho de todo ciudadano a ser inocente hasta que no se demuestre lo contrario. Así ha quedado de nuevo patente en la noticia aparecida hoy en El País, cuyo titular es “Un hombre pasa 11 meses en prisión por 8 denuncias falsas de maltrato en Sevilla”. Al parecer, un ciudadano de La Rinconada fue denunciado por presuntos malos tratos por su ex-mujer, cuando el presunto agresor se encontraba fuera de Sevilla. Una de las agresiones, inclusive, se produjo mientras que estaba en prisión precisamente por ser condenado previamente por “agredir” a su ex pareja.
No podemos negar que dicha ley ha hecho que la población española se conciencie en el tema de los malos tratos. Algo que podemos notar en el descenso de mujeres españolas muertas a manos de su pareja (a pesar de que el número de muertes por año es el mismo, cada vez son menos los agresores españoles. Actualmente, el 35% de las muertes se dan en parejas extranjeras, sobre todo latinoamericanas, donde el machismo está más permitido que en nuestra sociedad), o en sucesos como el del profesor Neira, impensable hace poco años. Además de reeducar a nuestra sociedad -hasta hace poco era muy machista-, generalmente ha cumplido con lo más importante: ha amparado a miles de mujeres, y a buen seguro que ha evitado la muerte de muchas de ellas. No voy a negar el bienestar ofrecido por la ley a miles de mujeres e hijos, algo totalmente plausible. Pero hemos de reconcoer que con ello no basta. La ley sigue siendo discriminatoria, y precisamente discrimina dependiendo del sexo del denunciante. Esto, que podría mejorarse, todavía no se ha hecho, y ya han pasado 5 años desde que se estableció la acutal ley.
Discriminatoria porque sólo ampara a las mujeres heterosexuales. Ni a hombres, ni a gays, ni a lesbianas, ni a transexuales. Por muy raro que parezca, se han dado casos de personas no protegidas por la actual ley pidiendo amparo en la TV y denunciando este tipo de hechos. Igual de peligroso es un hombre que maltrate a una mujer, que el que lo haga sobre su pareja transexual; por otro lado la misma fuerza tiene, a priori, un hombre heterosexual que uno homosexual; igual de violenta puede ser una discusión que otra, independientemente del tipo de pareja en que se de. Pero no lo reconoce la Ley, que sólo ampara a mujeres que sean agredidas por un hombre. No se aceptan más combinaciones. Por ello, atenta contra el principio constitucional de igualdad. He ahí el error de una ley ya obsoleta; no recoge la variedad de parejas que hoy día se pueden dar en nuestra sociedad, y por ello es indispensable hacer una revisión de la misma.
El peligro de una sola vida debe ser suficiente para que la ley la proteja. Lo curioso es que ya se han dado varios casos de malos tratos no amparados por la ley por esta razón, y con el tiempo se seguirán sucediendo.
También resulta curioso que para que la Ley se ponga en marcha es requisito indispensable que exista una relación estable de pareja. Como curiosidad, una compañera de clase pasó un día entero en el Juzgado de Sevilla, en la sala donde se daban los juicios rápidos por malos tratos. Presenció 5 juicios rápidos, y a la única persona a la que no se le concedió la protección era precisamente a la que peor estado físico presentaba. El motivo: llevaba sólo 4 meses conviviendo con su pareja, lo que no se considera tiempo suficiente como para ser considerado “pareja estable” requisito sine qua non para poder quedar protegido por la ley.
Lo que verdaderamente ha hecho que la ley funcione es la rápida actuación que la justicia ofrece a las víctimas. Pero ojo; también es un arma de doble filo. A menudo, se dan casos de denuncias falsas, como el ejemplo anteriormente expuesto. Aprovechan la alarma social existente y el miedo que los jueces tienen de cagarla para conseguir así encarcelar a un ex marido y ganar un sueldecito de propina. En este sentido, los juicios rápidos deberían mirarse más con lupa. Ronda Iglesias, periodista especializado en Sucesos y Tribunales, afirma que son muchos los casos que se dan de denuncias falsas. Incluso, habla de un caso concreto: “en una ocasión ocurrió que la mujer que denunciaba era esperada en la puerta de los juzgados por su propio marido. Cuando la vió salir, le preguntó ¿qué, nos han dao ya la paga o no? Este tipo de cosas es bastante más habitual de lo que parece”. Saquen sus propias conclusiones.
http://sinfuturoysinunduro.com/2009/05/31/la-ley-de-violencia-de-genero-una-ley-discriminatoria/
Poco más que decir.