Sé que le molesta a muchos que se reviva este hilo, pero no hay mas remedio, dados los últimos acontecimientos de las últimas semanas, relativos a los sucesivos juicios que se han ido produciendo.
-Hace unas pocas semanas, se dió a conocer la noticia de la absolución de los mandos policiales, entre ellos Santano, los cuales falsificaron documentos relativos a un proceso pericial, en concreto, eliminaron ciertas referencias por orden de una misteriosa "superioridad". En la sentencia se les absuelve "por estar abducidos en la enjundia sociopolítica" del momento, sin embargo, se reconoce que los acusados no actuaron con arreglo a formas jurídicas al suprimir del informe de los peritos la vinculación entre ETA y el 11-M a partir del hallazgo de ácido bórico en el domicilio de uno de los condenados por los atentados de Madrid, lo que define como "irregularidad administrativa", pero justifica la absolución en que "no toda irregularidad administrativa resulta incardinable en la norma penal".
En resumidas cuentas, el tribunal consideró que eran inocentes pese a demostrarse que falsificaron un documento pericial, llevando a cabo una valoración parcial bastante cuestionable, ya que en vista de la sentencia quedan preguntas por resolver tales como:
-Si tan inocua e irrelevante era la modificación ¿Porqué se tomaron tantas molestias en mutilar el informe, alterar un libro de registro y el sobre de guarda de dicho informe con el riesgo que suponía para ellos cometer dicho delito?
-¿Como se puede considerar que en aquel momento era un contenido irrelevante si el 95% del sumario era secreto?
-¿Quién dio poder a los acusados para poder juzgar el contenido de dichos informes, y modificarlos a su antojo?
Dicho esto, y abierto el debate o discusión acerca de la sentencia por "el caso del bórico", se ha de saber que hoy, dia 17 de Julio de 2008, se ha resuelto la sentencia del tribunal supremo sobre el recurso para aclarar los "puntos negros" de la sentencia del 11M:
EL SUPREMO NO ENCUENTRA AUTOR INTELECTUAL, DESCARTA A ALQAEDA Y ABSUELVE A LA CÉLULA DE "VIRGEN DEL CORO"
EL MUNDO; MADRID.- El Supremo rechaza el recurso de la Fiscalía que pedía la condena de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', por los atentados del 11-M. El fiscal solicitaba 10 años de prisión por integración en banda armada, pero la sentencia mantiene la absolución.
'El Egipcio' fue absuelto en la sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional de la acusación de integración en organización terrorista porque Italia ya lo había condenado por ese mismo delito.
Sin embargo, el Supremo comparte con la Fiscalía que la Audiencia Nacional aplicó un criterio incorrecto al absolver a 'El Egipcio' por el hecho de que está condenado en Italia. La Sala Penal afirma que era necesario que la sentencia de Italia fuera firme.
No obstante, ratifica la absolución ante la ausencia en la sentencia de la Audiencia Nacional de una suficiente concreción de hechos delictivos atribuibles a Osman.
Mientras, mantiene las condenas a Rafa Zouhier, por colaboración con grupo terrorista, a Jamal Zougam, como único autor material de la masacre del 11-M, a Fouad el Morabit Amghar, por pertenencia a banda armada, y condena a Antonio Toro, ex cuñado del minero José Emilio Suárez Trashorras y absuelto por la Audiencia, a cuatro años de cárcel por tráfico de explosivos.
La condena a Toro supone un triunfo para las asociaciones de víctimas que recurrieron el fallo de la Audiencia, aunque no lo hiciera la Fiscalía.
El Supremo ha rebajado las condenas a Mohamed Larbi Ben Sellam, de 12 años a 9, a Hassan el Haski, de 15 a 14 años, a Nasredine Bousbaa y a Mahmoud Slimane, de 3 a 2 años, y a Hamid Ahmidan le rebaja la pena de 23 a 12 años por un delito de pertenencia a organización terrorista y le condena a un año pro tráfico de drogas.
Por otro lado, el TS ha absuelto a Basel Ghalyoun y Mohamed Almallah Dabas -condenados por la Audiencia Nacional a 12 años de prisión- del delito de pertenencia a organización terrorista y ha absuelto Abdelilah El Fadual El Akil -condenado inicialmente a 9 años- del delito de colaboración.
Otro de los absueltos por la sentencia del Supremo es el español Raúl González Peña 'El Rulo', a quien la Audiencia Nacional había condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos. La Audiencia ha ordenado la puesta en libertad de Ghalyoun, Dabbas y El Akil, mientras que el 'Rulo' estaba en libertad a la espera de una setencia firme.
Antonio Toro ha sido condenado a cuatro años de prisión por tráfico de explosivos. (Foto: POOL)
También ha estimado parcialmente los recursos de casación interpuestos por otros dos procesados. Se trata de Otman El Gnanoui, al que el Supremo le quita dos años por considerarle inocente del delito de falsedad en documento oficial, manteniéndole la condena como autor material de los hechos, lo que suma un total de 42.922 años de cárcel.
La resolución se produce apenas 15 días después de que el Tribunal Supremo escuchara en vista pública las alegaciones relativas a 31 recursos de casación instados por las diferentes partes.
Tras el conocer el fallo del Supremo, el instructor del sumario del 11-M, el juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo, ha rehusado pronunciarse sobre este asunto y ha afirmado que leerá "con detenimiento la sentencia".
"Las sentencias se valoran no sólo en cuanto al resultado, sino a la forma en que se llega a ese resultado", ha aseverado.
Fuentes y puntos de vista:
EL MUNDO
LIBERTAD DIGITAL
EL PAIS
EL PUBLICO