http://debates.motos.coches.net/showthread.php?t=77526&highlight=carnet+puntos
LEGISLACIÓN APLICABLE
Ley 339/1990, de 2 de marzo, sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Ley 172005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
Real Decreto 62/2006, de 27 de enero, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo.
Orden del Ministerio del Interior 2596/2005 , de 28 de julio, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción
SALDO DE PUNTOS SEGÚN TIPO DE CONDUCTOR
Saldo de puntos>>
Tipo de conductor>>
12>>
Todos los conductores excepto los que tengan establecido un saldo de puntos específico según sus circunstancias personales>>
8>>
Titulares de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a tres años>>
8>>
Titulares de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, han obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción>>
Conductor profesional
Toda persona provista de la correspondiente autorización administrativa para conducir, cuya actividad laboral principal sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas.
Esto se acreditará mediante certificación de la empresa (declaración propia si es autónomo) y documentación acreditativa de la cotización a
INFRACCIONES QUE RESTAN PUNTOS
La mayor parte de las multas no quitan puntos
Las multas que quitan puntos están divididas en:
Multas que quitan 6 puntos.
Multas que quitan 4 puntos.
Multas que quitan 3 puntos
Multas que quitan 2 puntos
Multas que quitan 6 puntos
Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
• Más de 0,50 mg/l de aire aspirado para todos los conductores excepto los que tengan establecida una tasa menor>>
• Más de 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de antigüedad>>
Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos
Conducir de forma manifiestamente temeraria
Circular en sentido contrario al establecido
Conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas
Sobrepasar en más de un 50 % la velocidad máxima autorizada, siempre que suponga superar, al menos, en dicho límite máximo
El exceso en más del 50 % en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 % en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. Es la única multa de transportes que quita puntos.
Multas que quitan 4 puntos
Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
Entre 0,25 mg/l ya 0,50 mg/l de aire aspirado para todos los conductores excepto los que tengan establecida una tasa menor
Entre 0,15 mg/l y 0,30 mg/l de aire aspirado para conductores profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de antigüedad
Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido
Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 % o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos
Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación
Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía
Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 40 km/h salvo que esté incurso en retirada de 6 puntos
Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, y en los semáforos con la luz roja encendida
Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas
Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías
Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado
No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación
Multas que quitan 3 puntos
Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 30 km/h hasta 40 km/h
Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en la Ley y el reglamento
No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede>>
Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente
Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente
Multas que quitan 2 puntos
Exceder los límites de velocidad establecidos en más de 20 km/h hasta 30 km/h
Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente
Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano
Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares
Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente
Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente
FORMAS DE RECUPERAR O GANAR PUNTOS
Existen dos formas de recuperar o ganar puntos:
Por el paso del tiempo sin ser sancionado por infracciones que resten puntos
Los conductores que han sufrido pérdida parcial de puntos recuperan los 12 iniciales si están dos años sin ser sancionados por infracciones que resten puntos. Serán tres años si alguna de las sanciones que provocó la pérdida de puntos era muy grave.
Los conductores que comienzan con 8 puntos de saldo (noveles y conductores que han perdido el carné) pasarán a tener 12 si están dos años sin ser sancionados por infracciones que resten puntos.
Los conductores que tengan 12 puntos y estén tres años sin ser sancionados pasarán a tener 14 puntos. Si siguen igual tres años más pasarán a tener 15 puntos.
Por la realización de los cursos establecidos reglamentariamente
Realizar el curso de recuperación parcial permite recuperar 4 puntos.
Realizar el curso de recuperación del permiso o licencia de conducción permite recuperar el carné de conducir a los que hayan perdido todos los puntos o los condenados judicialmente con privación del derecho a conducir >
CURSOS DE FORMACIÓN
Recuperar 4 puntos
12 horas en dos jornadas de 6 horas o tres de 4 horas (en días laborables)
7 horas sobre seguridad vial
1 hora de debate en grupo
4 horas de formación individualizada
170 €
Se puede realizar un solo curso cada dos años.
Los conductores profesionales pueden hacer un curso cada año
Recuperación del permiso o licencia de conducción
Recuperar el carné de conducir si se supera el examen posterior al curso
24 horas en un máximo de dos semanas seguidas con grupos de dos jornadas consecutivas de 6 horas cada una o tres jornadas de 4 horas (en días laborables)
14 horas sobre seguridad vial
2 hora de debate en grupo
8 horas de formación individualizada
320 € más 75 € de tasa por derechos de examen
6 meses después de la notificación de la retirada
3 meses si es conductor profesional
Si vuelve a perderlo en los tres años siguientes deberá esperar un año antes de realizar otro curso (6 meses si es un conductor profesional)
Curso de formación adicional
Repasar conceptos si se suspende el examen
4 horas en una sola jornada (en días laborables)
Resumen de lo anterior
100 € más 75 € de tasa por derechos de examen
Tras suspender el examen de recuperación del carné de conducir
Cursos obligatorios para conductores profesionales
Se podrán recuperar un máximo de 4 puntos
PROCEDIMIENTO DE RECUPERACIÓN DEL CARNÉ DE CONDUCIR
Si se pierde el carnet, ya sea por la perdida de todos los puntos o bien por decision judicial, se podrá realizar un curso de recuperación, una vez transcurrido un periodo de 6 meses desde la perdida del carnet (3 meses en caso de ser conductor profesional). Si la retirada es la segunda en un plazo de tres años, el periodo de espera para poder realizar el curso de recuperación es de 1 año (6 meses en elcaso de ser conductor profesional).
Un vez realizado el curso, se debe realizar un examen en la Direccion General de Trafico.
Si se supera dicho examen, se recupera el carnet.
Si no se supera el examen, se dispone de 3 convocatorias. En caso de no superar el examen en las 3 convocatorias previstas, habrá de realizarse un nuevo examen.
PD.: Vamos que me he colado en los 9 puntos, son 8, pero lo de los 3 años esta bien