Condena mínima de 5 años tras drogar, violar y robar a una prostituta

B

Un hombre ha sido condenado a cinco años de prisión por drogar, violar y robar en Madrid a una mujer con la que había contactado a través de internet para mantener relaciones sexuales a cambio de dinero: tanto los jueces de la Audiencia Provincial como la Fiscalía entienden que es un delito de abusos, y no agresión sexual, porque el efecto del medicamento que introdujo en su bebida hizo innecesario cualquier tipo de violencia.

Los hechos, según la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, ocurrieron en enero del año pasado. El agresor había contratado los servicios sexuales de la víctima a través de una página web y se encontraron en un piso donde ella se prostituía con más mujeres: en un despiste, el acusado aprovechó para echar Zolpidem en la cerveza de la víctima y, una vez inconsciente, la violó sin ponerse preservativo. Se marchó del lugar robándole más de 400 euros y dos teléfonos móviles.

En un primer momento la Fiscalía llegó a pedir nueve años y medio de prisión para él por abusos y hurto, pero finalmente la sección sexta de la Audiencia Provincial de Madrid ha optado por una de las condenas más bajas: cuatro años y medio por los abusos sexuales – el mínimo legal son cuatro años – y medio año más por el robo, dejando en total cinco años de cárcel y la obligación de indemnizar a su víctima con 6.000 euros además de otros cinco años más de libertad vigiada.

La sentencia no refleja en sus argumentos por qué apuesta por la condena menos grave para esta versión de los abusos sexuales con penetración – que arranca en los cuatro años y llega hasta los diez – pero sí especifica que le impone la pena “en su tramo mínimo”, la mitad de lo que había pedido la Fiscalía.

Violación o abuso
La sentencia finalmente le condena por un delito de abusos sexuales en la versión agravada para los casos en los que hay penetración, explicando por qué es considerado un abuso y no una violación: los fármacos que usó el acusado anularon la voluntad de la víctima, no existiendo necesidad de usar la violencia que exige la agresión sexual.

La sentencia refleja cómo la Fiscalía terminó solicitando una condena de más de nueve años de cárcel por abusos sexuales en sus conclusiones definitivas, al final del juicio, pero también cómo en un primer momento lo hizo por violación en su escrito de conclusiones provisionales.

http://cadenaser.com/ser/2018/12/08/tribunales/1544265342_101708.html?ssm=tw

JoramRTR

"tanto los jueces de la Audiencia Provincial como la Fiscalía entienden que es un delito de abusos, y no agresión sexual, porque el efecto del medicamento que introdujo en su bebida hizo innecesario cualquier tipo de violencia."

Tecnicamente si, esto es cierto, pero igual que esto pueda ser un atenuante el drogar a una persona no es un agravante? Una dosis de mas y te la puedes cargar...

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B

#2 Y si te autodrogas tienes relaciones y luego dices que te drogaron?

como se puede demostrar eso?

Y no digo que este sea el caso, sino de cara a una reforma sobre esa ley.

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JoramRTR

#3 digo yo que habra prueba alguna de que se la follase estando inconsciente por la droga...

Elorita

De verdad que no entiendo como ir drogado/bebido/tener algun tipo de enfermedad mental es atenuante y tan panchos todos

A

#3 no se tu, pero el robar demuestra un poco de mala fe...

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B

#6 que tiene que ver el tocino con la velocidad?

2 respuestas
B

#7 Hombre, a la hora de valorar en un juicio. Se valora todo el contexto. La intención del hombre no era buena precisamente.

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A

#7 te lo marco un poco por si no consigues encontrar la relación...

"Condena mínima de 5 años tras drogar, violar y ROBAR a una prostituta"

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B

#8 #9 Estoy hablando de modificar la ley no de este caso.

#3SanabriaESP:

Y no digo que este sea el caso, sino de cara a una reforma sobre esa ley.

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B

#10 Pues debe intentar interpretar la realidad al maximo posible. Si alguien miente, debe ser un agravante. En cuanto a la droga ingerida, supongo que habrán unos minimos de porcentaje en sangre establecidos (o quizás queda a interpretación en el juicio de la circunstancia concreta). Obviamente, si te has tomado dos cervezas, no estás inhibido.

k4rstico

A mi 5 años por eso no me parece poco la verdad

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