PLENAMENTE CONSCIENTES
Para el juez, los acusados "plenamente fueron conscientes" y "sabedores" de que las circunstancias de su compañero de corporación no cumplían los requisitos informados por la Asesoría Jurídica, "pues conocían perfectamente que Adrián Varela estaba llamado a declarar en calidad de imputado por varios delitos denominados de corrupción". Agrega que sabían que, con su decisión, "se estaba comprometiendo el erario público municipal al pago de los honorarios de un letrado" que había designado el entonces concejal, el exjuez decano Javier Míguez Poza.
"Todo ello en contra de los intereses públicos y con clara intención de favorecer a su compañero de la corporación municipal", apunta el juez, para quien los ediles condenados "fueron en todo momento sabedores de que la resolución no se ajustaba a derecho".
Pero aún así, acordaron asumir la propuesta formulada por el concejal imputado en los términos por él redactados, "sin hacer referencia expresa en su acuerdo a los condicionantes que desde la Asesoría Jurídica les fueron indicados, ni examinar en modo alguno si concurrían o no los mismos". "Se comprometieron fondos públicos al pago de unas minutas devengadas por un letrado en cuya designación no había intervenido la corporación local", argumenta la sentencia.
El fallo rechaza "que cualquier miembro de la Corporación de Santiago no supiese el día 30 de mayo de 2013 absolutamente nada acerca de las imputaciones del concejal de Deportes y la famosa y divulgativa Operación Pokémon, tan socialmente relacionada al ámbito de corrupción en el seno de la política". Al respecto, apunta que son "fácilmente refutables y poco creíbles" los testimonios de algunos concejales que alegaron desconocer los delitos que se le imputaban a Adrián Varela.
Afirma el juez que "sufragar con las arcas municipales la representación procesal de un concejal imputado por un delito de tráfico de influencias, cohecho y falsedad documental no entra dentro de los parámetros de defensa letrada consustancial a las funciones innatas del cargo".
DECISIÓN ATROPELLADA
En opinión del magistrado, la decisión de sufragar con fondos públicos la defensa de Varela "se efectuó de manera claramente atropellada" y se trata de un acuerdo "resuelto de forma totalmente precipitada y extemporánea". La decisión de pagarle el abogado a Adrián Varela fue denunciada por una particular y tras el revuelo que se montó por el acuerdo, el entonces edil renunció posteriormente a que se le sufragasen los costes de su defensa.
El juez desmonta los argumentos de la defensa de los ediles y sostiene que se estableció "una atadura obligacional comprometiendo al erario municipal sin que se diesen los condicionantes", apunta que "queda acreditado el carácter incondicionado del acuerdo", señala que el redactar o no directamente el acuerdo es una "tesis insostenible" y no admite la justificación de que se había colocado la coletilla "sin perjuicio de las posterior fiscalización que se derive de las minutas correspondientes".
"Adoptar un acuerdo donde con carácter previo y en su origen se advierten evidentes, patentes, flagrantes y clamorosos vestigios de ilegalidad, no justifica cualquier otra circunstancia o eventualidad colateral", apunta el juez.
En su sentencia, el juez Jesús Leal alude al "laborioso interrogatorio" de la fiscal Arancha San José y avala que la pena que solicitó "se ajusta a un criterio justo, equitativo y proporcional" y también elogia el "ejercicio riguroso de la jueza de instrucción", Ana López Suevos, cuya actuación fue cuestionada por miembros del Ayuntamiento de Santiago. En cualquier caso, la Audiencia Provincial de A Coruña ya había avalado que se sentasen en el banquillo los siete ediles, al rechazar el recurso que plantearon.
CRISIS EN EL CONSISTORIO
Esta condena agrava la difícil situación del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, donde tras la dimisión de Adrián Varela, permanecen imputados en alguna causa nueve de los 13 ediles con los que cuenta el PP en la corporación compostelana. Así, en la Operación Pokémon están también imputados la edil de Normalización Lingüística, Rebeca Domínguez, y el propio alcalde, Ángel Currás, sobre quien también pesa otra imputación en el caso de un policía que denunció acoso.
Por su parte, Juan de la Fuente se vio envuelto en un caso de facturas falsas para justificar subvenciones. De esta forma, del grupo municipal del PP en Santiago de Compostela sólo permanecen sin ninguna imputación la primera teniente de alcalde y concejal de Empleo y Turismo, Reyes Leis, así como Luís Meijide Rodríguez y José María Rosende Rico, ambos adscritos al Área de Participación Ciudadana.
El alcalde de Santiago ya ha avanzado que están "analizando en profundidad el contenido de la sentencia" para tomar decisiones "en próximas horas". Como la sentencia no es firme, podrían optar por presentar un recurso de apelación y bloquear la inmediata aplicación de la inhabilitación, pero en su momento en una entrevista televisiva el presidente de la Xunta y del PPdeG, Alberto Núñez Feijóo, ya había avanzado que si había sentencia condenatoria se aplicarían los estatutos y los ediles deberían abandonar el partido.
En cualquier caso, en este proceso, los concejales juzgados contaron con el apoyo de Alberto Núñez Feijóo, quien se encuentra en Japón de viaje oficial. También contaron con el respaldo público del regidor compostelano, quien acudió a respaldar a los concejales el día del juicio.
Su teniente de alcalde, Reyes Leis, llegó a reconocer públicamente que el Ayuntamiento compostelano ya tenía un "plan B" por si se producía una sentencia condenatoria de los ediles, una circunstancia que fue negada por otros compañeros de corporación, por lo que la edil tuvo que aclarar que "el plan B se llama Ley Electoral".
Buscar los recambios a los ediles condenados en la lista que presentó en PP en las elecciones de 2011 y completarla con el fichaje de personas de fuera como concejales no electos o decidir una eventual intervención del Ayuntamiento son dos de las opciones previstas por ley.