#38 El verdadero ejemplo de problema de separación de poderes está en el nombramiento de los TSJ cuyo presidente y nombramientos son decididos por los gobiernos regionales. Teniendo en cuenta que la mayoría de Estatutos aforan a los miembros de sus gobiernos autonómicos y hacen que sólo sea competente para juzgarles los TSJs... ahí si que es criticable.
El TS... pues alguna manera hay que tener de elegirlo, de verdad, no hay una solución fácil y que contente a todo el mundo. Si hicieramos que los miembros del CGPJ los nombraran los jueces... seguro que habría gente que les acusaría de secuestrar el país, de clasistas, de endogámicos, de garantizar que solo gente de su opinión entre a la judicatura etc.
Antes había un sistema mixto, unos los elegian los poíticos, otros los jueces, ahora está ese sistema, mañana habrá otro, la realidad es que a mi jucio el Poder Judicial salvo desgraciadas excepciones no es el problema que tiene este país, y que cuando tiene que actuar con independencia lo ha hecho.
Antes de rasgarnos las vestiduras por lo mal que funciona la Justicia lo mismo hay que preguntarse quién tiene las competencias en Justicia, porque resulta que el CGPJ tiene competencias en ascensos y en regimen disciplinario mientras que son los Gobiernos autonómicos quienes tienen que dotar de medios (tanto personales, con funcionarios como con medios materiales, ordenadores, papeles, edificios, etc) y qué casualidad que sean las comunidades mas corruptas las que menos medios destinan a Justicia ( la C. Valenciana lleva años impagando, sin comprar ordenadores o sin hacer oposiciones a auxiliares de justicia)
#40 podrías leerte unas sentencias de TC sobre discriminación positiva antes de ir haciendo este tipo de aseveraciones, no? Podrás estar de acuerdo o no con lo que el TC dice en ellas, pero lo argumenta jurídicamente. (Para mi erroneamente, pero vamos, yo no voy diciendo lo que tu te atreves a decir)