#130 #129 El objeto del directo es la clave de todo. Es la diligencia más importante, y la más complicada, donde además más errores se cometen. La mayoría de nulidades vienen precisamente de aquí.
El objeto del veredicto son las proposiciones de hecho que se le plantean al jurado sobre si es un hecho probado o no. Y al final, la declaración de culpabilidad del encausado.
Finalizado el juicio el tribunal se va a su casa para preparar el objeto del veredicto que planteará posteriormente al tribunal del jurado si son hechos probados o no. Como decía antes 5 votos a favor de un hecho desfavorable se entiende probado.
No se pueden proponer hechos contradictorios, si eso ocurre, se debe proponer una proposición solamente.
La estructura del veredicto es en cascada: el magistrado tiene que coger la proposición de hecho que suponga el delito más grave y el menos grave, y por medio en cascada todas las posibilidades. (desde asesinato a absolución pasando por homicidio, o lesiones etc). Y proponer al jurado todos hechos y que el jurado los califique como probados o no. Así el abanico de opciones es mayor.
El objeto se le da a las partes y fiscal para discutir lo que el magistrado ha propuesto.
Añadir que el jurado debe dar una motivación de porque un hecho está probado o no. Los hechos declarados probados como no probados tienen que ser mínimamente motivados por los jurados... Y hasta aquí la clase de hoy xd