Copy paste de una pregunta y respuesta sobre este tema, espero que te ayude ^^
" Hola Alejandro. tengo contrato por obra y servicio desde hace 4 años y me gustaría saber si es obligatorio que me hagan contrato indefinido pasados tres años o no. Muchas gracias y un saludo. "
Respuesta:
" Eso de los tres años es un rumor muy extendido de una antigua legislacion que ya no es aplicable. Antiguamente, te hablo de antes del 94, se legislaban unos contratos temporales de 3 años, y despues obligatoriamente te tenian que pasar a indefinido; pero eso se elimino con la reforma de 1994. Actualmente, un contrato de obra o servicio no tiene limite temporal especifico, sino que seguira vigente mientras la causa del contrato siga en vigor, es decir, mientras subsista el servicio o no se haya terminado la obra. Lo que ocurre es que, en la causa del contrato, se debe especificar concretamente para que se esta contratando al trabajador, de forma que se pueda estimar aproximadamente el momento de su finalizacion, ya que de lo contrario se presume que hay fraude de ley, es decir se esta utilizando este contrato para encubrir una prestacion de servicios de caracter indefinido. En estos casos, la ley especifica claramente que se presumiran indefinidos aquellos contratos celebrados en fraude de ley.
Esto quiere decir que tu contrato, si realmente su causa encubre una prestacion indefinida de servicios durante el tiempo, se presume indefinido, por lo que no cabe extincion del mismo por finalizacion de obra, y en caso de impugnacion se estimaria improcedente, teniendo derecho a la correspondiente readmision o indemnizacion el trabajador.
Resumiendo, no es obligatorio que te hagan un contrato al 4º año, no hay ley que diga eso, tu contrato seguramente esta celebrado en fraude de ley y por tanto se presume indefinido. Lo que si se puede hacer es una conversion a indefinido, obteniendo ventajas tanto trabajador como empresario. "
Antes en los contratos por obra o servicio al cabo de 3 años si que pasabas a indefinido, pero de eso estamos hablando del 94 ... Ahora ese contrato es ilimitado ... a no ser ... que no esté todo estipulado correctamente en ese contrato, cosas como " fecha de fin de obra o servicio aproximada " por ejemplo. En ese caso, se podria presumir como indefinido.
En resumen, comentále a un abogado laboral el caso. Tiene coones #1 ... me has hecho coger el libro de Derecho del Trabajo a las 3 de la mañana xDDDDDDDDDDDDDDD