Duda legal [ sobre marihuana ]

br33k

Antes de nada, buenas noches :p!

Resulta q tengo 4 inofensivas plantitas de marihuana en mi habitación, y al estar ya algo creciditas si dejo la ventana de la habitacion abierta se huele el aroma de las plantas desde la calle, y como ya me han avisado los colegas y tal, era pa saber, x si x ejemplo pasan los maderos x la ventana y huelen la yerba, para entrar n mi casa tendrian k pedir una orden o algo d eso no? y si lo pidiesen, m llegaria 1 aviso o algo?? :p

bueno eso es todo, un saludo xd

ccl

te explico puesto que yo he tenido plantas.
si va una pareja de policias por la calle no creo que vayan diciendo "vamos a ver si vemos una planta de yerva en algun balcon y tal" asi que no creo que te pase eso y cuando las tengas secas y to eso dedicate a fumartela tu solito con los colegas

-Rock-

Lo de #2 es lo mas logico.

Ahun así si algun vecino te denuncia no te harán nada, hace poco que absolvieron a uno que tenia 12 ousease que don't worry, be happy

br33k

ok, duda resuelta ^^ thx

_CaRMaN_

wa, eso nada tio, alegas ke es para consumo propio y no pasa nada, eso es legal. lo ilegal es comercializar con ellas...

Disfruta el fume! xD

F

Si te las encuentran, el juicio es casi seguro. Si es consumo propio, tráfico o ingenuo interés botánico lo decide un juez, así que no les hagas caso, que siempre vas a estar en peligro. No hay cantidad legal ninguna. No sé quién se inventó esa gilipollez, pero como era lo que la gente quería oír, se ha ido extendiendo.

MaCRoFT

legalmente, sinada a cambiado, recuerdo que hara cosa de 4 años plante, y me informaron adultos que es legal 1 planta por cada persona residente en la casa mayor de edad

toTTen

indicad fuente de las leyes o algo no?

F

#7 Eso es jurisprudencia, no legalidad. Te invito a que busques en el BOE (www.boe.es) a ver si encuentras lo contrario. Además, aunque se dictamine que su finalidad era autoconsumo, la multa le va a caer, precisamente porque el autoconsumo sigue siendo una falta, aunque no es delito.

elfito

te han pillado fumandotela? NO lo uniko ke han visto es una planta de decoracion(son bonitas y fumadas mas xD)
asi no pasa nada aver si ahora no puede decorar tu casa/habitacion atu gusto xD

B

#1 como te denuncie algun vecino cabron... veras como la policia entra en tu casa.. i te quema las plantas.. ale majete

N0rth_

hace poco en galicia un vecino denuncio a alguien que tenia plantas en medio del monte y cuando pillaron al que las planto le cayo un buen puro, creo que 2 años de carcel o algo asi, no me hagas mucho caso tampoco que esto me lo contaron y ya se sabe como le gusta a la gente hablar.

WANGO1

tranki mi primo es madero y entrarian a tu casa si algun vecino diera queja de que se hacen trapicheos extraños en tu casa .. por lo demas az lo que dice #2

M

#12 Pero plantarlas en la calle... Eso es mas grave aun.

PeLoTaSo

#9 Eso no es así, el autoconsumo no es una falta penal, es una infracción administrativa a la ley 1/92, artículo 25.1

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.

Y además el consumo y la tenencia sólo son infracciones si se realizan en lugares públicos, no en privados. Por lo tanto si fumas en tu casa o si tienes droga no estás cometiendo ninguna infracción a la ley 1/92. Otro tema ya es el tráfico.

Ahora, sobre las plantas, si la policía tiene indicios de que en tu casa hay plantas es muy probable que pidan una orden de entrada y otra de registro al juez, y con toda probabilidad se la dará, luego ya dependiendo lo que encuentren dentro y dependiendo del juez se considerará tráfico o no. El artículo 368 del Código Penal lo dice bien claro:

Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

La pregunta sería ¿como se puede saber si es para consumo o para tráfico?. Muy sencillo, con un análisis de sangre pueden saber la tolerancia a la droga que tienes y así se hacen una idea de las plantas que puedes llegar a fumarte, luego también se tiene en cuenta si tienes utensilios para la distribución como báscula de precisión, chivatos para venderla, y en el caso de que sea droga dura materiales para cortarla.

De todas formas el hecho de entrar en tu casa ya supone un marrón, y si a eso le sumas que vas a estar detenido hasta que el juez decida si te suelta o te mantiene detenido hasta el juicio.

Sobre la cantidad que se considera delito cuando un policía te pilla en la calle y te cachea va marcado por el fiscal provincial, este envía a todas las FF.CC. de la provincia la cantidad a partir de la cual deben detener y abrir atestado, ya que es él quien incoa acciones y el que decide cuando se considera tráfico, por lo tanto si yo llego con un detenido con 10 gramos de hachis y el límite lo ha puesto el fiscal en 30 gramos es probable que acabe yo imputado por detención ilegal.

Serialkiller

#15 esa ley es del año 92, y el PP cambio la legislacion creo que a finales de su 1º mandato o principios del 2º... y desde entonces el autoconsumo tambien es delito

F

#15 Una infracción puede ser falta o delito.

Me parece lo mismo que a #16, voy a buscar al respecto.

Er_nan0

yo tengo las ventanas llenas de ellas k ni se ve y pasan x debajo los guripas y no me dicen nada...eso si las vecinas kuando tienden un dia se van a eskoñar kntra el suelo xDDD

mohikano

#5 no confundas... para consumo propio... tampoco es legal... y eso d q se puede tener un maximo d 3 plantas.. y esas movidas q dice la peña.. tampococ es cierto.... no se pueden tener ni para consumo ni para nada... pero claro.. normlamente pasan del tema.. si ven q es para consumo y tal... pero no es para nada legal....

PeLoTaSo

#16 Denuncio todos los días mediante la 1/92, y te repito que NO es delito el consumo, sino tendría media docena de detenidos todos los días. El consumo es una infracción administrativa, es decir incumples una ley, pero no el código penal, sin embargo, una falta es una acto que conlleva una pena leve dentro del código penal, y el código penal no castiga el consumo, sólo lo hace la 1/92 que ciertamente es de 1992 pero que sigue en vigor hasta dia de hoy.

Asi que #16 y #17 estais equivocados.

B

3 por persona mayor de edad. Y si te la fumas tu solito en tu casa los maderos no te tienen porque decir nada.

Ramb0

coño #21 eres policia en Torrevieja? Ahi ha habido movidas en la policía hace poco no?

F

#15 #21

Código penal:
Artículo 368.



Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

Conoces la diferencia entre posesión y cultivo, ¿no?

kakarikez

eso eso, deja la ventana abierta a ver si algunvecino tiene un macho xDDDDDDDDDDDD

PeLoTaSo

#24 Cultivo siempre que sea destinado al tráfico, el cultivo para consumo propio no está penado, pero tienes que demostrar que es para fumártelo tú y no para venderlo, aunque si tienes 1 o 2 plantas es muy difícil que te acusen de tráfico, aunque hay cada juez por ahí....

#23 Sí, y hay un secreto de sumario que me impide hablar del tema.

F

#26 Ahí pone cultivo o (exclusivo) tráfico. La interpretación del juez se limitará a considerarlo cultivo o tenencia (el cultivo no deja de ser una forma de tenencia) siguiendo el principio de proporcionalidad de las penas, pero el código penal parece bastante preciso en ese artículo: cultivo = cárcel.

DOD

#5 Tu eres tonto no?
Eso es con la pirateria.
Las drogas son ILEGALES lo que tu dices son drogas medicinales,no de chutarse eso no es uso propio,parece mentira que no sepas eso,eso todo el mundo lo sabe.

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