Duda sobre si me la han liado en el trabajo

squ4r3

#28 pero eres consciente de que si has trabajado un mes, te corresponderá 1 o 2 días de vacaciones, y eso es lo que vas a cobrar?

Es que da la sensación de que esperas pagar el alquiler de 9 meses con el sueldo de 1 día.

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kilram

#31 he trabajado 4 meses. Igualmente la cuestión no es solucionarme el año con lo que me pague, la cuestión es otra.

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Ragest

#31 Aunque sea 1€ el dinero es del chaval.

squ4r3

#32 pues déjale bien claro que tenéis pendiente la liquidación y si sigue dandole vueltas, abogado. No creo que dé para mucho más el tema

STILES
#26crb2222:

Falta una asignatura que trate estos temas en la educación obligatoria

se supone que es FOL en los grados de FP pero puta mierda
mi compañera es fija discontinua, acaba en junio y vuelve en sep-oct y tiene siempre finiquito, así que desfilando pal sindicato/abogado laboralista

Infape

Siendo joven ? Yo cerraba el estanco y le daba de tortas

Erethron

Puedes exigir ese finiquito, estás en tu derecho y el tipo te lo está rateando.

Para aue te informes: art 16 Estatuto Trabajadores.

Toma, para que leas

https://factorialhr.es/blog/contrato-fijo-discontinuo/#el-despido,-finiquito-y-paro-del-contrato-fijo-discontinuo

D10X

Aquí todo el mundo hablando que si te toca, pero si te ha pagado nomina, incentivos y vacaciones no disfrutadas ... pues ya estaría. ¿Q quieres que te pague de finiquito? Como mucho las pagas "extra" que si estas a 12 pagas, tampoco porque ya te las ha metido en tu nomina.

Yo creo que estas confundiendo la indemnizacion con el finiquito.

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YokeseS

#24 Si que tienes subsidio por desempleo, unos 400 euros. Dile que por derecho te debe de pagar el finiquito arregla las cuentas y pide el subsidio en el sepe

https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/quiero-cobrar-el-paro/he-trabajado-menos-un-ano

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itonny

#38 piensa que para muchos el finiquito es una especie de paga mística que nadie sabe de dónde procede ni lo que contiene pero que todo el mundo debe tener independientemente de las circunstancias xd

Y las retenciones también son otra entidad misteriosa y maligna de facción desconocida.

bicho0

#39 ha subido a 560

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YokeseS

#41 Ha subido o depende de lo que has estado cotizando?

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Sergioelcapo

Mi mujer tiene un contrato de fijo discontinuo y no, no dan finiquito, eso sería el día que acabe vuestra relación laboral.

Y desempleo si tienes, siempre y cuando tengas suficiente acumulado

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D10X

#43 Otro igual ... finiquito tienes, y la cuantía dependerá de si te deben algo. Cuando acaba tu relación laboral, lo q tienes es también la indemnización.

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bicho0

#42 Creo que ha subido

Sergioelcapo

#44 Pero que es fijo discontinuo, no tiene derecho finiquito hasta que acabe la relación laboral y es que NO acaba, el a lo largo del año trabaja X y no trabaja X, pero entre un periodo y otro, la relación laboral no acaba y no tiene derecho a finiquito.

Tendrá derecho cuando acaben su relación, de momento no es el caso

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Naazk

Si eres fijo discontinuo si hay finiquito, a no ser que lo tengas todo prorrateado mensualmente (pagas dobles, vacaciones no disfrutadas...) que me extrañaría mucho. Mira la última nómina y sales de dudas.
Pero si tu acabas un contrato te tienen que pagar si o si lo que falta, no te van a guardar nada para el futuro que quien cojones sabe lo que pasará.

Sergioelcapo

En serio, ir a un abogado, los fijos discontinuos no tienen finiquito hasta que acabe la relación laboral, si tú trabajas por ejemplo, seis meses si año y seis meses no, no tienes derecho por qué estás FIJO DISCONTINUO, lo que si puedes pedir es paro, si te corresponde.

Pero vamos, yo no sé si es que nunca tuvisteis este tipo de contrato y habláis por hablar o que.

Yo no lo vuelvo a repetir, this is mv

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Naazk

xD no tienes ni idea de lo que dices y nos manadas a un abogado a nosotros

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Sarya

Una cosa es el finiquito y otra es indemnización, en el trabajo que estoy he visto que muchos chavales mezclan las cosas a placer. Igual que uno que creía que por ser fijo no lo podían despedir (sorpresón en las Gaunas cuando lo echaron a los pocos meses).

Finiquito es lo que la empresa te debe hasta el momento trabajado. Por ejemplo, si te despiden un día 18 de septiembre y tú has trabajado desde el 1 de junio, el finiquito debería constar de: tu salario generado desde el día 1 de septiembre hasta el 18, vacaciones no disfrutadas (2,5 días por mes trabajado) más festivos no disfrutados (si hubiera), pagas extra acumuladas (a no ser que las tuvieses prorrateadas (lo más normal en este tipo de contratos)).

Indemnización es que por X años de trabajo te tienen que pagar X meses de sueldo si el despido es improcedente. Se da cuando la empresa TE QUIERE DESPEDIR y creo recordar que en casos de ERTE y cosas así.

Fijo discontinuo puede estar fuera de empresa si no recuerdo mal hasta un año, pero cada vez que te pongan fuera de empresa debe darte finiquito correspondiente a ese momento. Él además está obligado por ley a no contratar a nadie mientras tú no vuelvas. Es decir, si él quiere contratar a otra persona supongamos en periodo de Navidad, está obligado por ley a ponerse en contacto contigo antes y tú negarte o no (si te niegas pierdes el contrato, también te digo). Incluso si lo quisiera contratar como persona fija.
También un fijo discontinuo en el momento que hace un año trabajado sin cortar la labor, debe ser pasado a fijo indefinido.

Tu jefe es bastante idiota, debería haberte echo contrato a 35h y si un día te tienes que quedar pues paga las extras. Pero que al final son solo 1 hora menos al día, que es irrisorio.

D10X

#48 Si dices eso, es que no sabes diferenciar finiquito e indemnización.

Nada mas tengo que decir.

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Sergioelcapo

Yo de verdad, no si os falta un verano o qué cojones pasa.

El chico ahora es fijo discontinuo, NO tiene que firmar de nuevo un contrato, SU vinculación con la empresa no termina cuando deja de trabajar, el siguiente verano VUELVE automáticamente al puesto de trabajo, es FIJO DISCONTINUO, tiene derecho a paro, en caso de que trabajase lo suficiente y le corresponda, pero no tiene finiquito, por qué no hay contrato que acabe ni nada parecido.

Última vez en serio, joder con la peña, de verdad.

El resto de tonterías a la lista de ignore y me lo ahorro en el futuro

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D10X

#52 Vete al abogado ese que conoces y que te explique lo que es un finiquito, porque estas muy verde.

El finiquito corresponde SIEMPRE que existe un paron laboral, deje de existir o no la relacion laboral. Por ejemplo, con las excedencias, los fijos discontinuos, etc ... Incluso en algunas empresas cuando ajustan a final de año y te pagan lo que te deben de horas extra, incentivos, etc ... Pero en vez llamarlo finiquito, se llama "atrasos".

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Aura-

Yo creo que es que no sabes lo que es el finiquito y lo confundes con indemnización por despido?

Sarya

#52 Emmm vengo de terminar de estar fijo discontinuo en marzo y respondo preguntas.
Te aseguro que tuve paro, gracias.

De hecho mi situación fue la siguiente:
Entré el 28 de junio como fija discontinua a 30h ampliables en horas extra hasta 39h (ya que si llegas a 40h te tienen que cambiar el contrato, eso lo primero).
El 6 de marzo me terminan contrato, asegurándome que me van a llamar en pocos días.
Pido paro.
El 19 de marzo me llaman que tengo que volver, pero antes tengo que hacer una formación, porque vuelvo y con un ascenso de puesto.
Tras la formación, que acaba en abril, vuelvo, y tengo que firmar un nuevo contrato que es: indefinido, a 40h y con ascenso.

En abril cobré: los 6 días de marzo de finiquito, mi paro desde el 6 hasta el 19 de marzo, mi sueldo desde el 19 de marzo hasta fin de mes.
En mayo ya cobro con el salario nuevo y en el contrato aparezco con la nueva categoría.

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Sergioelcapo

#55 ¿Yo dije que no tenga derecho a paro? dije que si tenía, lo que no tiene es finiquito.

Es que claro, si no sabéis ni leer, pero tú por lo menos es por inocente y te contesto, el resto a la lista de ignorados

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neZbo

A mí me ha hecho dudar y lo he buscado:

Una vez que el período de actividad finalice, el trabajador no trabajará ni tampoco cobrará un sueldo por parte de la empresa. Sin embargo, el trabajador fijo discontinuo tiene derecho a una prestación por desempleo siempre que cumpla los requisitos necesarios. Es importante aclarar que durante la inactividad, no se cotizará en la Seguridad Social.

Al terminar cada período de actividad, el empresario entregará al trabajador fijo discontinuo un finiquito, es decir una liquidación de las deudas pendientes con el trabajador.

Este finiquito no implica, para nada, la finalización o extinción del contrato, ya que el contrato permanece vigente. Por lo que no se trata del finiquito propio de la extinción del contrato por despido o desistimiento.

Durante el período de inactividad el contrato quedará inactivo, hasta que se vuelva a reactivar mediante el denominado llamamiento.

E

Buena sindicalizate y explicales todo. Hoy en día se ha mejorado bastante y puedes reclamar con margen incluso cosas firmadas.

Naazk

Sisi, ignora ignora que te irá bien para el futuro como dices. Que vas muy bien xD

Sarya

#56 Había leído que no tenías paro.
Perdón, gracias macho.......