"La desigualdad salarial entre mujeres y hombres representa en la actualidad uno de los fenómenos más evidentes y persistentes de que, en materia de igualdad entre los sexos, aún quedan notables retos pendientes. "
"Es necesario aclarar que no es lo mismo desigualdad salarial que discriminación salarial, dado que la desigualdad solo implicaría discriminación en la medida en que esta fuera producida por un trato excluyente e injusto —en este caso para las mujeres—, no estando apoyada en hechos objetivos determinados por reglas del mercado. Lo que lleva a plantearse ¿la desigualdad salarial entre los sexos responde a “hechos objetivos”?, es decir, ¿basándose en reglas estrictamente de mercado los hombres ganan más porque aportan mayor valor o productividad que las mujeres y a la inversa?
Partiendo de una hipótesis afirmativa —pues parece que los hombres en conjunto, por ejemplo, ocupan puestos de mayor responsabilidad, un grado más alto de antigüedad o presumiblemente dedican más tiempo al trabajo remunerado que las mujeres, lo que derivaría en una aportación de valor o productividad superior— la desigualdad salarial respondería a una situación “objetiva” y “justa”. Pero en este caso si el hecho en sí mismo lo es no lo sería su causa, que no es otra que la estructura y organización social segregada por sexos que determina que hombres y mujeres ocupen, de un modo sistemático, distintas posiciones y espacios. Sobre la base de esta premisa la desigualdad salarial, por tanto, no sería un factor de discriminación en sí mismo, pero sí una consecuencia de las diferencias en el empleo entre mujeres y hombres, ya sea en el acceso a los puestos de trabajo, en la promoción en el seno de las empresas, en las diferentes responsabilidades asumidas en las tareas del hogar y del cuidado, etc. La discriminación salarial constituiría, de este modo, un resultado de la discriminación laboral (Corominas, 2001), que podría ser calificada de discriminación salarial previa o a priori."
"Ahora bien, inclusive cuando se elimina el efecto de las características “objetivas” que se supone influyen en la productividad o en la aportación de valor (más experiencia, mayor dedicación, grado de responsabilidad u otros), es posible constatar, tal y como se verá a lo largo de estas páginas, diferencias salariales negativas para las mujeres respecto a los hombres. De manera que habría una parte intrínseca de la desigualdad salarial que sí es discriminación y se da cuando a dos puestos de trabajo que aportan igual valor o equivalente les corresponden retribuciones distintas (Corominas, 2001) que no pueden justificarse por razones ajenas al sexo al que se asocia ese trabajo o a la persona que lo ocupa (De Cabo y Garzón, 2007). Es lo que se denomina discriminación salarial directa o a posteriori."
"Anotar en este momento que se usa el concepto “trabajo de igual valor o equivalente” y no “igual trabajo”, dado que un trabajo igual no siempre ha de conllevar una misma retribución -pues existen componentes de la retribución que no dependen solamente del trabajo en sí mismo (por ejemplo, la antigüedad2)- y porque la remuneración del desempeño de una tarea se supone ha de estar sujeta al valor que aporta la misma. En términos “objetivos” se diría que son de igual valor aquellos trabajos que exigen un conjunto similar de requerimientos relativos a capacidades (conocimientos, aptitudes, iniciativa); esfuerzo (físico, mental y emocional); responsabilidades (de mando o supervisión de personas, sobre seguridad de los recursos materiales y de la información, y sobre seguridad y bienestar de las personas); y condiciones de trabajo (De Cabo y Garzón, 2007). Pero aquí la complejidad no reside tanto en determinar los componentes del trabajo que dan cuenta de su valor -que también- sino de cómo se evalúan los mismos: por ejemplo, ¿valen más los conocimientos técnicos que los humanísticos?; ¿cómo se mide el esfuerzo mental, físico o emocional y cuál de ellos posee más valor? Y es en esta valoración donde parecen identificarse los síntomas más evidentes de la discriminación salarial pues, según se podrá constatar, suele atribuirse en el “imaginario colectivo” (sociedad, agentes sociales, empresariado, trabajadores y trabajadoras) un menor valor a los trabajos realizados tradicionalmente por las mujeres —desde una visión sectorial y ocupacional— así como a un mismo trabajo o de valor equivalente cuando es realizado por una mujer.
Desigualdad y discriminación salarial que, no siendo lo mismo, se entremezclan y confluyen dando lugar a una realidad tangible de la que dan cuenta los análisis e investigaciones sobre la cuestión."