#5585 ese es el policía nazi ?
#5604 Geografia y USA puede ser meme pero es mas real de lo que parece.
Un chaval me pregunto de que parte de India era. Ademas de cuando le dije que volaba a Amsterdam me dijo "aah me encanta Dinamarca"
¿Estoy dispuesto a pagar ese precio para evitar que VOX gobierne con PP?
El nivel de inmundicia mental al que ha llegado la gente... Cómo se puede ser tan simple.
Gobierno del PP con apoyo de Vox (entre otros) = Que Vox gobierne con el PP. De base, mentira y es poner a Vox dónde te dicen PSOE, Podemos y cía... Oh dios mío, no ponen banderas LGTBIQ+!!!! Fin del mundo!
Gobierno de PSOE y Sumar con apoyo de 1923810293 partidos minoritarios = La polla! Como se ha demostrado, salen cosas super chulis.
Algunos se han despertado pronto para blanquear a su partido. Intentar salvar los muebles de uno de los mayores ridículos de su historia es complicado.
#5576 Alan Barroso, ese tío que cobra dinero del Ayuntamiento de Zaragoza para crear tik toks y shorts
Enhorabuena, habéis caído en comer propaganda del PSOE. Y si, defendería lo contrario si esto lo hiciera el PP
Pd: podréis opinar lo que queráis que seguirá siendo anticonstitucional y contrario al Estado de Derecho ceder una amnistía a cambio de obtener el poder
#5616Soy_ZdRaVo:podréis opinar lo que queráis que seguirá siendo anticonstitucional y contrario al Estado de Derecho
tu crees que la tumbarán, no?
#5616Soy_ZdRaVo:Pd: podréis opinar lo que queráis que seguirá siendo anticonstitucional y contrario al Estado de Derecho ceder una amnistía a cambio de obtener el poder
Pues hay jueces que opinan distinto, que afirman que al contemplar la constitución medidas de gracia, la amnistía encajaría ahí.
Sinceramente creo que estás siendo muy atrevido a la hora de afirmar lo que afirmas con esa vehemencia. Aquí tienes una opinión que trata de ser más sosegada e imparcial, de Rafael Abati Garcia-Manso:
La pregunta del millón, ¿es constitucional la amnistía?
¿Es la amnistía constitucional?No tendrá este autor la osadía de opinar en este artículo, que pretende ser riguroso, sobre si la amnistía es o no constitucional, por ser penalista y no constitucionalista.
Pero, por considerarlo ilustrativo, sí que voy a intentar compendiar argumentos a favor y en contra expresados públicamente por juristas con credenciales prestigiosas.
No hace falta anticipar que, siendo una cuestión netamente jurídica, las posiciones a favor de la constitucionalidad de la amnistía son de autores todos de una línea ideológica uniforme. Y las posiciones en contra de la constitucionalidad de la amnistía son de autores de la línea ideológica contraria.
Como casi siempre en cuestiones jurídicas con implicaciones en la política del día a día -no en la alta política que persigue el bien común a medio y largo plazos-, la argumentación jurídica de cada cual está dirigida de antemano a una conclusión favorable a los intereses coyunturales del partido amigo.
Los argumentos que, a favor y en contra, se desglosan a continuación, son un compendio de los defendidos públicamente por los profesores Javier Pérez Royo, Luis Arroyo Jiménez, José Antonio Martín Pallín, Ramón Soriano, Manuel Aragón y Enrique Gimbernat.
No le será muy difícil al lector diferenciar hacia qué lado se inclina cada uno de ellos.
Argumentos esgrimidos a favor de la constitucionalidad de la amnistía
- La amnistía no está expresamente prohibida en nuestro ordenamiento jurídico y es principio del Derecho que lo que no está prohibido está permitido.
- No hay un solo precepto de la Constitución que excepcione la potestad de las Cortes Generales para aprobar una ley de amnistía.
- Igual que se prohibieron los indultos generales en la Constitución, se podría haber prohibido la amnistía; si no se prohibió, ha de asumirse que es porque no se quiso prohibir.
- No cabe aplicar por extensión analógica la prohibición constitucional de los indultos generales a la amnistía.
- La amnistía no afecta al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) porque no impide el ejercicio por sus titulares de ninguna de sus manifestaciones.
- Tampoco afecta al principio de exclusividad jurisdiccional del art. 117 CE porque, al amnistiar conductas, el poder legislativo no enjuicia, sino que modifica el parámetro de su posible enjuiciamiento.
- Por lo que respecta al principio de igualdad ante la ley (art. 14 CE), no queda lesionado en la medida en que la ley de amnistía descanse sobre una justificación no manifiestamente arbitraria.
- Los principios constitucionales del art. 9.3 CE (La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos) son mandatos de optimización ponderables por el poder legislativo con respecto a otros principios constitucionales.
- El art. 666.4 LECrim incluye entre los artículos de previo pronunciamiento o cuestiones previas la concurrencia de amnistía a los hechos que se pretendan juzgar, obligando si se aprecia al sobreseimiento libre, luego la amnistía no está proscrita de nuestro ordenamiento jurídico.
- La Ley 1/1984, con la Constitución ya en vigor, adicionó un nuevo artículo a la Ley 46/1977 (Ley de Amnistía preconstitucional), quedando pues la amnistía integrada en el ordenamiento jurídico constitucional.
Argumentos esgrimidos en contra de la constitucionalidad de la amnistía
- Aunque la amnistía no esté expresamente prohibida en la Constitución, de la Constitución pueden derivarse prohibiciones implícitas, las relativas a medidas o actuaciones que vulneren reglas y principios constitucionales. Así, como ejemplo evidente, la esclavitud no está expresamente prohibida en nuestra Constitución, pero no hay duda de su prohibición implícita, por vulnerar varios derechos fundamentales consagrados en su Título I. En consecuencia, no puede deducirse que la amnistía esté permitida por no estar prohibida por la Constitución, pues de las reglas y principios constitucionales se deriva la prohibición implícita de la amnistía.
- Ciertamente, los ciudadanos pueden hacer todo lo que no tengan prohibido en el ordenamiento jurídico. Pero no así las instituciones públicas, que han de sujetar su actuación a lo que el ordenamiento jurídico les permita. En concreto, las Cortes Generales, al legislar, quedan sujetas a lo que la Constitución -en este caso del legislador, la Constitución– les permita expresamente. La aprobación de una ley concediendo una amnistía, por más que sea una decisión política del órgano que encarna la representación de la soberanía nacional, excede de lo permitido a las propias Cortes Generales en la Constitución.
- Si el indulto general está prohibido por la Constitución, también lo ha de estar la amnistía. Al no concederse lo menor, menos aún se otorgará lo mayor (a minore ad maius).
- Lo menos (el indulto general) se ha declarado expresamente inconstitucional en la Constitución, luego lo más (la amnistía) ha de considerarse inconstitucional.
- La Constitución habla del indulto, pero no de la amnistía, de lo que se ha de deducir que la Constitución no contempla la amnistía como posibilidad.
- La amnistía vulnera el principio constitucional de separación de poderes, en concreto entre el poder legislativo y el poder judicial, constituyendo una suplantación inadmisible del poder legislativo en la función jurisdiccional atribuida por la Constitución en exclusiva al poder judicial (art. 117 CE).
- La amnistía vulnera también el principio de igualdad ante la ley de todos los españoles, del art. 14 CE. No cabe que a determinadas personas o grupos se los declare inmunes frente al Derecho Penal por conductas típicas, antijurídicas y culpables que hubieran llegado a cabo. Eso supondría situar a los amnistiados en una situación de privilegio contrario al referido principio de igualdad.
- Como quiera que la amnistía afecta, cuando menos, a principios expresamente recogidos en nuestra Constitución (los ya mencionados más arriba), para que pudiera concederse, la amnistía habría de estar expresamente autorizada por la propia Constitución como excepción a dichos principios.
- La inclusión del término amnistía en el art. 664 LECrim, preconstitucional, es anecdótica, por banal e ineficaz, y -además- no formar parte dicho precepto de lo que cabe considerar el corpus constitucional de nuestro ordenamiento jurídico.
Conclusión
La evolución reciente de los acontecimientos ha llevado a que sea probable lo que parecía impensable hasta hace bien poco: la concesión de una amnistía en España hoy.
Este artículo intenta brindar elementos de juicio al lector, especialmente al lector con conocimientos jurídicos, para que se forme con fundamento su propia opinión sobre la repercusión y procedencia de esta medida.
No se trata de manifestar una toma de postura por quien esto firma. Aunque es obvio que la tengo, no me siento legitimado para proclamarla por corresponder a un ámbito -el constitucional- en el que no soy especialista.
Como le escuché a Margallo el otro día: "Cuando hay 2 juristas se escuchan 3 opiniones".
¿eres abogado constitucionalista?
#5613 de donde salen esas cuentas de Twitter que en 2 días pasan a ser compartidas por todos los afines?
A ver, yo empiezo a pensar en serio que lo de la amnistía puede ser positivo. Cuando los indepes tensen más y más la cuerda y se vea que la política del PSOE del "perdón y avanzar" es un completo fracaso que ha conseguido no sólo lo contrario, si no que todos saquen su mezquindad a tope sin importarles nadie más que ellos mismos, ahí van a tener que adelantar elecciones o dar marcha atrás por el caos que va a haber.
Eso sí, con varios millones de votos asegurados de gente que vota al PSOE como quien echa la quiniela el sábado porque es parte de su rutina de subnormales.
#5622 eso estaría muy bien si fuera una simulación o una hipótesis y mientras no te cargaras el estado de derecho y no pasaras la deuda de los catalanes al resto de españoles.
#5622 La amnistía en sí es preocupante, porque sienta un precedente para el resto de comunidades con sentimientos nacionalistas/separatistas.
Por otro lado, me preocupa bastante más las condonaciones de deudas. Sabéis quien acabará pagando todo esto no?
#5617 Si, es el policía nazi que da charlas con partidos nazis como democracia nacional, violando con ello el supuesto servicio público que debe cumplir en democracia.
Venga, ahora que se os siga llenando la boca con palabras como democracia o constitución.
#5620 no soy abogado constitucionalista pero si que hice todas las asignaturas optativas de la rama de Constitucional.
Además me dedico a las pocas ramas del derecho que aplican a diario el derecho europeo y su tratado.
Si quieres leer por qué es anticonstitucional de raíz en este texto lo explica muy bien y hasta encuentra en el diario de sesiones de la redacción de la Constitución que debatieron sobre la amnistía y los propios redactares la dejaron conscientemente fuera de la Constitución.
Siempre hay juristas dispuestos a lo que sea para agradar al Poder. Y seguramente veamos al TC decir que es constitucional
En todos los regímenes hay juristas y jueces
Pd: Rafael Abatí no es juez, no? No tengo ni idea de quién es pero al googlear veo que es abogado penalista
#5627 pues si no se ponen de acuerdo ni los que han estudiado la constitución y trabajan con ella a diario, poco vamos a hacer el resto. Yo sinceramente veo argumentos válidos tanto a favor como en contra de que sea constitucional, pero creo que está amparada al ser una medida de gracia. Guste más o menos es lo que hay, que se quiten las medidas de gracia de la constitución y entonces hablamos.
Al final es decidir de quién te fías, xq ambas opiniones tienen argumentos. Ya lo dice el artículo que enlacé:
Como casi siempre en cuestiones jurídicas con implicaciones en la política del día a día -no en la alta política que persigue el bien común a medio y largo plazos-, la argumentación jurídica de cada cual está dirigida de antemano a una conclusión favorable a los intereses coyunturales del partido amigo.
Edit: Sí, es penalista lo pone el mismo en el artículo que envié, dice precisamente que no se atreve a afirmar si es o no constitucional x eso.
Jueces me refería a Joaquim Bosh, pero ese ya sé la mierda que le van a tirar así que para qué nombrarlo xD
#5630 A ver, lo que podemos hacer los ciudadanos como ignorantes del derecho más profundo (la mayoría) es aplicar nuestro propio sentido común digo yo.
Es que aunque la Amnistía fuera constitucional, siempre estaría el debate de si es ético aplicarla como moneda de cambio. Aquí no ha habido votación popular acerca de si el pueblo español quiere la amnistía a esta serie de personas, o si está dispuesto a perdonar la deuda a cataluña como moneda de cambio también. Esto significa que el resto de pueblos, siempre que esté en sus manos, van a apretar las tuercas al poder, a sabiendas de que estando Sánchez a la cabeza, van a conseguir lo que pidan.
#5630 en tu opinión es lícito que un partido político prometa una cosa y acabe dando la contraria porque es imprescindible para que se mantenga en el poder ?
Ves lícito que la izquierda defienda para poder mantenerse en el poder que otorgue privilegios a los dirigentes que la clase popular nunca poseerá ?
Que están otorgando el perdón a políticos que utilizaron dinero público para fines propios.
#5631KIIM:a sabiendas de que estando Sánchez a la cabeza, van a conseguir lo que pidan.
Estoy de acuerdo con tu post pero aquí es donde discrepamos. Esto de formar gobierno a cambio de prevendas no lo ha inventado Sánchez. Tienes como ejemplo no muy lejano a Aznar y CIU con los pactos del Majestic o el PNV dando los votos a cambio de que les montaran Euskaltel. El congreso es un mercado de escaños, tu me das esto y yo te apoyo aquello, es la lógica parlamentaria que nos lleva funcionando muchos años.
Yo ya lo he comentado en derrociones, PP y PSOE han tenido hasta mayorías absolutas. Si PP y PSOE quisieran o hubieran querido en algún momento, reducirían al absurdo a los partidos nacionalistas, simplemente con cambiar la ley electoral aumentando las circunscripciones estaría hecho.
Si PP y PSOE quisieran o hubieran querido en algún momento, transferirían las competencias de Sanidad y Educación al gobierno central. Pero no harán nada de eso xq tienen su sistema montado para vivir dpm con él así.
Si el PP y PSOE quisieran o hubieran querido en algún momento, tendríamos la misma fiscalidad en toda españa, mandando a la mierda el trato de favor a Navarra, País Vasco y Catalunya. Pero no lo harán.
¿estás viendo a PP o otro partido promover un cambio en la ley electoral? a que no. ¿estás viendo pedir que se devuelvan las competencias? ni de coña, xq dile tu a Moreno Bonilla, o a Rueda que no van a poner a dedo al jefe de sanidad o educación de la comunidad y todos los puestos que de ahí derivan. Es su chiringuito.
La constitución se modificó en su día, y no nos preguntaron para modificar la constitución supeditando todo al pago de la deuda y piensas que nos van a preguntar acerca de amnistiar a los catalanes para formar gobierno? No seamos ilusos xfavor.
#5622flipas23:o dar marcha atrás
Que yo sepa, una vez aprobado lo que pretenden, no se podrá dar marcha atrás aunque gobierne luego la derecha. Si no lo recuerdo mal, que alguien me corrija si me equivoco, una vez cedidas competencias a las CC.AA., el estado central no puede obligarlas a devolverlas. Por otro lado, yo diría que la Amnistía tampoco puede deshacerse, ya que siempre debe aplicarse la ley más beneficiosa para el reo.
#5630 es que el argumentario de Bosch es vergonzoso
Si ese va a ser el del Tc. Cuidadito porque esa jurisprudencia permitirá que se legalice cualquier cosa no nombrada expresamente en la Constitución.
A día de hoy nos han enseñado a todos que lo no nombrado no está permitido. Si es al revés, vendrán curvas pues hay muchas cosas que se dejaron fuera a proposito.
Yo siempre estudié que cuando se dejaba fuera de la iniciativa popular el derecho de gracia era para que no pudieran reformar la ley del indulto 500.000 personas cabreadas. Si ahora se va a interpretar lo contrario obviando el 66.2 y el 117 y la reserva jurisdiccional…Vienen tiempos interesantes
#5635Tras:Tienes como ejemplo no muy lejano a Aznar y CIU con los pactos del Majestic
No muy lejano hace casi 30 putos años macho. Es más lejano eso hoy que la dictadura cuando se produjo. Es un 75% de la duración de la dictadura de Franco.
No muy lejano dice, me cago en la puta xD. La mayoría de los de posteamos aquí no votamos a Aznar literalmente porque no podíamos votar y estamos acariciando los 40 años.
Y será que no han pasado cosas en 30 años en cuanto a camino recorrido en el autogobierno de Cataluña. Ni que la situación de partida de ambas negociaciones fuera parecida.
#5637 Y en el resto de paises con una democracia homologada como la nuestra como lo justificaron? Tienes paises para elegir. Hay que confiar en lo que diga el TC y dejarse de rabietas porque no ha salido mi ladron favorito.