No sé si os habéis fijado, pero en el pacto viene que Junts de cara a un referéndum se ampara en el artículo 92 de la Constitución, este es el artículo:
Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos.
El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.
Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución.
Eso significa no solo el abandono de la unilateralidad x parte de Junts, si no todo un proceso entre el que hay que hacer una ley orgánica adhoc, que tiene sus plazos de trámite y aprobación. Además ese "todos los ciudadanos" del artículo de la CE va a traer muchísima cola, xq unos van a querer que "todos" sea solo Catalunya y otros que ese "todos" sea toda España, habrá recursos a tutiplen de un lado y de otro.
Resumiendo: Esto va para largo.