Extinción de contrato de obra y servicio

R4zi3l

Buenas tardes grandes mentes laboralistas de Mediavida. Una duda:

¿Pueden legalmente contratador y subcontratador anunciar el fin de una campaña/obra, la cual aparece vigente hasta el 2014 en el contrato mercantil, y dejar a 40 personas (contrato obra y servicio) en la calle pagándoles 8 días por año?

Más información:

  • La empresa contratadora es TeleTech UK y la subcontrata TeleTech España (mismo holding). El cliente es Logitech Europe (Logitech y TeleTech UK son los contratistas directos, TeleTech España es una subcontratada por TeleTech UK).
  • Contrato mercantil estipula contrato del 2009 al 2014.
  • Nos avisaron el 30 de abril que teníamos 15 días restantes de contrato por finalización de obra.
  • Contratan a gente para hacer lo mismo que nosotros, cobrando casi lo mismo, en Irlanda.
  • A los indefinidos les argumentan causas económicas pero a los obra y servicio les comentan final de obra.
  • Facilitan 20 días por año de compensación a los indefinidos y 8 días a los obra y servicio.

Hoy vamos a un meeting con la sección sindical de UGT. Agradeceríamos vuestra aportación para poder corroborar las informaciones que nos faciliten los abogados sindicalistas. No es que no confiemos en ellos, es que directamente no tienen nada que perder pase lo que pase.

Muchas grasias de antebraso!

EnDinGs

Lo siento, pero si =)

oZk4h
-nazgul-

En alguna isla del Caribe, alguien se está riendo de ti tomándose un daikiri.

Bienvenidos al estado del malestar.

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1 año después
R4zi3l

Por si alguien quería saber el desenlace:

25 días por año trabajado acordado pre-juicio. Indemnización majísima :cool:

Life is fairer than you think.

7 2 respuestas
Sheraph

#5 Me alegro, a veces hay que tener los cojones de reclamar lo que crees que es justo. Hay mucho conformismo por aquí y a la gente le parece dar igual vivir tragando mierda...

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ChaRliFuM

En el contrato de obra (arrendamiento de obra según el código civil) existe la posibilidad de que el comitente disienta unilateralmente del contrato debiendo indemnizar al contratista de los gastos realizados y además deberá abonarle lo que se denomina como "beneficio industrial" que jurisprudencialemente se suele tasar en el 15% del precio de la obra.

Los empleados del contratista suelen recibir una indemnización bastante "justa" ya que el contratista suele cobrar lo que hubiera ganado si hubiera terminado la obra tal y como estaba estipulado contractualmente.

1 comentario moderado
MILLER

25 dias por año es una puta mierda eh.

2 respuestas
Mako666

#9 Pero iban a tener 8. Algo es algo shurmano.

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pplu-is

No firmes el finiquito, no pueden echarte con 8 días por año SI NO HAY FIN DE CONTRATO DEMOSTRABLE.

En mi empresa hubo varios casos y no se llegó ni a juicio, la empresa pagó lo que tenía que pagar. Pero mientras tanto a los que no reclamen les joderán...

1 respuesta
LaChilvy

Madre mía, 8 dias...

#11 cuantos días les acabaron pagando?

1 respuesta
pplu-is

#12 Le acabaron pagando 33.

Si es un despido improcedente (sin justificación por la empresa) serían 33 días y si es justificado 20.

Vamos que en este caso tendría que coger los papeles y largarse sin firmar nada y denunciar a la empresa. La empresa no llegará ni a juicio, se hará la coincilación y la empresa pagará religiosamente...

1 respuesta
Kaiserlau

edit xD

JuAn4k4

Y cual es la obra/servicio ? Ese tipo de contrato casi siempre esta mal hecho, por lo que sois legalmente indefinidos, esta pensado para eso, obras y servicios que duran un tiempo indeterminado pero más o menos determinado, es decir: Construir este edificio, por ejemplo.

R4zi3l

#13

La empresa no se presentó a conciliación en nuestro caso. Eramos 40.

33 días a partir de febrero del 2012. Antes son 45 con máximo de 42 mensualidades. Y luego esta la regla de los 720 días... Pero eso es si se declara improcedente por un juez y eso solo pasa con tiempo y dinero. Nuestra empresa se fué de España y pillamos los 25 días porque Alá es grande. Ocho meses nos costó. A tu amigo o a los de tu empresa diles que tienen mucha suerte.

Tened en cuenta que hoy dia, por causas organizativas, se monta un ERE (30 días) y a la calle con 20 días por año, seas obra y servicio o seas fijo. No hace falta casi ni excusa ya que todo es maquillable... Suerte a todos!

#9

Tendríamos que haberte contratado a ti, seguro que nos consigues 45 días por año y salarios de tramitación. Y una disculpa redactada en sangre humana por parte de los empresarios.

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