Buenas tardes grandes mentes laboralistas de Mediavida. Una duda:
¿Pueden legalmente contratador y subcontratador anunciar el fin de una campaña/obra, la cual aparece vigente hasta el 2014 en el contrato mercantil, y dejar a 40 personas (contrato obra y servicio) en la calle pagándoles 8 días por año?
Más información:
- La empresa contratadora es TeleTech UK y la subcontrata TeleTech España (mismo holding). El cliente es Logitech Europe (Logitech y TeleTech UK son los contratistas directos, TeleTech España es una subcontratada por TeleTech UK).
- Contrato mercantil estipula contrato del 2009 al 2014.
- Nos avisaron el 30 de abril que teníamos 15 días restantes de contrato por finalización de obra.
- Contratan a gente para hacer lo mismo que nosotros, cobrando casi lo mismo, en Irlanda.
- A los indefinidos les argumentan causas económicas pero a los obra y servicio les comentan final de obra.
- Facilitan 20 días por año de compensación a los indefinidos y 8 días a los obra y servicio.
Hoy vamos a un meeting con la sección sindical de UGT. Agradeceríamos vuestra aportación para poder corroborar las informaciones que nos faciliten los abogados sindicalistas. No es que no confiemos en ellos, es que directamente no tienen nada que perder pase lo que pase.
Muchas grasias de antebraso!