·Tributos cedidos parcialmente a las Comunidades Autonomas:
-IRPF: cesion del 50% de la recaudacion, con capacidad normativa en tarifas y deducciones.
-IVA: cesion del 50% de la recaudacion, sin cesion normativa.
-Impuestos especiales: cesion del 58% de la recaudacion en los impuestos especiales, ya sea el impuesto sobre hidrocarburos, tabaco, alcohol etc.
·Tributos cedidos totalmente en materia normativa y de recaudacion:
-Impuesto sobre el Patrimonio.
-Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
-Impuesto sobre Transimisiones Patrimoniales (el IVA de transimisiones entre particulares).
-Impuestos sobre el juego y el Medio Ambiente.
Esta es una lista escueta sobre algunos de los impuestos mas importantes, dejando de lado el resto de tributos, ya sean impuestos, tasas o contribuciones especiales, sobre los que las Comunidades Autonomas tienen una competencia parcial o total. Por otra parte, las Comunidades Autonomas pueden imponer impuestos sobre hechos imponibles que no esten gravados por el Estado.
Hasta aqui un poquito de informacion acerca de esta "injusticia", como diria Artur Mas. Ahora las patadas a la Constitucion española por parte del presidente de la Generalitat al querer mas y mas (que bien le viene su apellido):
-Art 2: "La Constitucion española se fundamente en la indisoluble unidad de la Nacion Española, patria comun e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomia de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas."
-Art 9.1: Los ciudadanos y los poderes publicos estan sujetos a la Constitucion y al resto del ordenamiento juridico.
-Art 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminacion alguna por razon de nacimiento, raza, sexo, religion, opinion o cialquier otra condicion o circunstancia personal o social.
-Art 128: Toda la riqueza del pais en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad esta subordinada al interes general.
-Art 133.1: La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante Ley.
-Art 138.1: El Estado garantiza la realizacion efectiva del principio de solidaridad consagrado en el articulo 2 de la Constitucion, velando por el establecimiento de un equilibrio economico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circustancias del hecho insular.
-Art 139.1: Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
-Art 149.1: El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
[...] 14ª Hacienda General y Deuda del Estado.
Y mis reflexiones:
-La cesion sobre la recaudacion del IRPF favorece a las Comunidades Autonomas mas ricas, asi como el resto de cesiones de tributos.
-Hasta hace unos años, El Estado cedia el 35% de la recaudacion del IRPF, hasta que se subio al 50%. Mas pretende que ese % suba y suba hasta constituir el 100%.
-En Madrid, ciudad donde vivo, la renta es mas alta, por lo tanto a Madrid le interesaria mas una cesion total de la recaudacion del IRPF o una subida del % de cesion que a Cataluña, y sin embargo las diferencias entre el nacionalismo catalan y el nacionalismo madrileño (existe?) son abismales.
-La Constitucion consagra ya en su articulo 2 la solidaridad entre las nacionalidades y regiones de España, y la igualdad de los españoles, algo que se vulnera con la simple cesion de competencias en materia tributaria a las Comunidades Autonomas y la cesion parcial de la recaudacion en impuestos sumamente importantes, como el 50% de la recaudacion en el impuesto cualitativa y cuantitativamente mas importante, el IRPF.