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La poli puede entrar perfectamente en el local si se le dan razones que justifiquen su acción sin orden del juez.
Según la Ley, considerando que el local fuese domicilio teneis en el artículo 18.2 de la Constitución Española: "El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito"
Exceso de los niveles de ruido (música, jaleo, ...)
Si os ven consumiendo drogas, y encima les chuleais, lo que vais a conseguir es que encuentren una razón que justifique su entrada y persigan su segundo fin que es la denuncia por estupefacientes, y ya se vería si el contenido del baul se le atribuye a un único individuo, en cuyo caso esta jodido por tráfico con estupefacientes.
Como consejo aquí es que la droga la tengaís repartida hasta el máximo fijado por la ley unos cuantos, para que no os busquen las cosquillas en caso de que las cosas se pongan feas, y les deis razones para un registro.
Pero lo peor, es que ese local no cuente como domicilio, en cuyo caso, el artículo 18.2 no se aplica, y por lo tanto, tampoco sus derechos. Considerando que ese local se esta usando con fines de carácter profesional, mercantil o de otra naturaleza, y no una reunión de amigos en una residencia particular.
En fin, que eso de ir poniendose a la altura de la autoridad, que simplemente os puede hacer una advertencia, y queráis buscaros problemas para hacer la gracia con los colegas para ser el rey del mambo y sin conocer la ley, os puede salir mal. Si vais a hacer algo así, podéis tener en cuenta el asterísco que he puesto por si las moscas.
Y no pongo todas las razones que se le pueden ocurrir a un policia que os quiera buscar las cosquillas, solo las más evidentes. Falta de respeto a la autoridad y demas, ... Y que un 31 encuentres a un policia de buen humor por estar trabajando lo más seguro es que no.
Si te toca uno como este, que te puedas montar hasta en la chepa pues quizas: