La Generalitat incumple al menos 20 artículos de su propia ley

DunedainBF

Os propongo un viaje maravilloso. Un viaje a la mente de un político independentista del Govern, donde se pueden aprobar dos leyes como la transitoriedad jurídica y la del referéndum, una ley que se autoproclama nueva norma suprema y destroza el ordenamiento jurídico. Unas normas que se aprueban con, casualmente, las mayorías justas que tienen, siendo las dos normas más importantes que ha aprobado jamás el Parlament. No que fuera más legal o menos ilegal si se aprobaran con mayorías reforzadas, pero es un ridículo extra para que cambiar las luces del Parlament a LED se necesite más mayoría que para estas dos barbaridades.

Bien, en este viaje nos metemos dentro de la cabeza de Puigdemont, por ejemplo, donde esas leyes son legítimas y las ampara el Derecho Internacional (juas que me lol) y tiene derecho a pasarse el ordenamiento jurídico por los collons. Pues bien, incluso si esa nueva norma suprema y esa ley del referéndum fueran válidas...

Ayer se pasaron 20 artículos de los 33 de esa ley por el forro. De su propia ley.

Sí,sí ya se que es ilegal, pero en su mente es la que cuenta. ¡20 de 33 de su propia ley! No está nada mal.

Empezamos:

La ley empieza por establecer en su artículo 4 que "el Parlamento de Cataluña, dentro los dos días siguientes a la proclamación de los resultados oficiales por la Sindicatura Electoral, celebrará una sesión ordinaria para efectuar la declaración formal de la independencia de Cataluña, concretar sus efectos e iniciar el proceso constituyente". Podrá haber datos, pero ese organismo no existe porque sus miembros dimitieron para eludir la multa impuesta por el Constitucional. La Generalitat habla de un grupo de personalidades para protagonizar ese recuento, pero ya no es lo previsto en la ley aprobada en el Parlament y, además, dependen del Govern, sin garantía alguna.

Respecto a las papeletas, el artículo 8 establece que solo pueden ser del formato oficial y con sobre, mientras que este mismo domingo la Generalitat ha permitido papeletas impresas en domicilios y sin sobre. El sobre en los procesos electorales garantiza la confidencialidad y que no haya dos votos por elector.
“Si un sobre contiene más de una papeleta, se considera un solo voto siempre y cuando las papeletas sean en el mismo sentido”, dice la ley incumplida.
El artículo 9 reitera la exigencia de sobre y, por tanto, no se cumple.

El 10 señala que “las administraciones públicas catalanas deben mantenerse neutrales en la campaña electoral y abstenerse de utilizar sus recursos presupuestarios para favorecer cualquiera de las opciones en la campaña del referéndum”. Es obvio el incumplimiento.

El 11 prevé espacios para todos los partidos en medios públicos, lo que tampoco se ha cumplido.

El 12 asegura que “durante la campaña, los medios de titularidad pública o de financiación mayoritariamente pública se tienen que garantizar los principios de pluralismo político y social, de neutralidad informativa y de igualdad de oportunidades. Estos medios de comunicación no pueden expresar ni mostrar apoyo por ninguna de las opciones sometidas a elección”.

El 13 señala que “las sindicaturas electorales y las mesas electorales son órganos independientes y no siguen instrucciones, órdenes ni resoluciones de ninguna otra institución, excepto las dirigidas por la administración electoral y las sindicaturas electorales a las mesas electorales, y las de la Sindicatura Electoral de Cataluña dirigidas a las sindicaturas electorales de demarcación”. Las normas las ha terminado por dictar la Generalitat.

Del 16 al 27 se crea la Sindicatura Electoral de Cataluña para organizar el proceso y el recuento. Sus miembros dimitieron y no existe.

El 28 señala que “la circunscripción electoral en el referéndum es el territorio de Cataluña que está dividido en cinco demarcaciones”, pero esa división y las sucesivas en secciones y mesas fue cambiada poco antes de iniciarse la votación el mismo domingo.

El 31 establece la designación de presidentes y vocales de mesa, con posibilidad de recursos en días previos, lo que tampoco ha sido posible.

Los artículo 33 y 34 hablan del censo que, finalmente, no es público ni hay opciones de recurso para quienes no estén inscritos. Tampoco se cumple la transparencia alguna de su elaboración ni el control por la inexistente Sindicatura Electoral

https://www.elconfidencial.com/espana/2017-10-01/generalitat-incumple-20-articulos-propia-ley-referendum_1453126/

¡Es pillar algo de carrerilla en saltarse leyes y ya es un no parar! Las ajenas, las propias, totalmente indiscriminado.

Señor Puigdemont, las leyes que aprobamos entre todos se cumplen o no se cumplen, no es algo que se pueda seleccionar según su conveniencia porque luego pasan estas cosas. Y por si duda entre esta disyuntiva, se la explico también. Las leyes se cumplen.

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