Si tenéis un contrato de alquiler con la anualidad por vencer estáis de suerte.
En mi caso, en noviembre vence la primera anualidad del contrato de alquiler del piso en el que estoy viviendo, y el casero, por supuesto, el año pasado no se lo pensó dos veces a la hora de meter la famosa cláusula de actualización del alquiler en base al IPC, que contempla la LAU en su artículo 18:
Artículo 18. Actualización de la renta.
- Durante la vigencia del contrato, la renta solo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de pacto expreso, no se aplicará actualización de rentas a los contratos.
resto del artículoEn caso de pacto expreso entre las partes sobre algún mecanismo de actualización de valores monetarios que no detalle el índice o metodología de referencia, la renta se actualizará para cada anualidad por referencia a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad a fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
En todo caso, el incremento producido como consecuencia de la actualización anual de la renta no podrá exceder del resultado de aplicar la variación porcentual experimentada por el Índice de Precios al Consumo a fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de actualización del contrato.
- La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.
El INE ha fijado en su última publicación del mes de septiembre un IPC negatico del -0,4%, así que este año me voy a ahorrar dos eurillos mensuales, que en un año serán 24€, justo para renovar el MV Premium y todavía me sobra para un quinto de Estrella Galicia.
https://www.ine.es/calcula/index.do?L=0
El año que viene auguro que el IPC estará por los suelos, así que pagaré todavía menos. Gracias, caseros, por vuestras cláusulas de mierda.