Iniciativa Legislativa Popular

Ivlas

Buenas compañeros, vengo ahora con una pregunta dirigida a los estudiantes o conocedores del derecho.

Por motivos relacionados con la facultad de medicina de cádiz (si hip, donde trabaja quien tu sabes) y con la carrera de medicina en España en general, he estado mirando los requisitos para una ILP.
Para el que no sepa qué es, dejo unos links con info:
http://www.iniciativalegislativapopular.com/quees.php
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo3-1984.html

Y he leido que las firmas habrán de ser ratificadas por un notario.

La duda es:
Me ha parecido leer que habrán de ser escritas en papel, que no vale soporte electrónico.
Y lo del notario... me lleva a pensar que es necesario que el notario/secret judicial o municipal vea con sus propios ojos que los 500.000 firmantes lo hagan de su puño y letra?

si, pueden ser varios notarios en varios sitios distintos, a lo q voy es si es necesario q sea en papel y si es totalmente imposible hacerlo por internet.
Mas q nada, porque en parte tiene su logica, pero no estoy seguro.

PD: todo este jaleo viene de la modificacion q nuestro querido ministerio quiere hacerle a la materia legal relacionada con el MIR (vamos, q todos los medicos españoles van a ser jodidos por una medida del queridisimo partido este que está llevando el pais a la mierda).
PD2: si, este ultimo parrafo es muy polemico, pero es lo que pienso yo, y de momento, el 100% de los medicos que se han enterado que conozco, y son muchos... (y si, incluyen varios cursos COMPLETOS de medicina de cadiz, y supongo que del resto de españa tb).

Conclusiones
Kenderr

Podrias explicar cual es el problema con el cambio que quieren hacer.

ArkaNNN

Si la materia afectada está regulada por Ley Orgánica la iniciativa legislativa popular no puede llevarse a cabo. Y al ser un tema de Educación (Derecho Fundamental) mucho me temo que sea así. Aún así habría que mirar la regulación de lo que buscáis.

PeLoTaSo

No sabes el curro que lleva lo que quieres hacer para que luego no te hagan caso (porque no te lo van a hacer) pero vale. La iniciativa legislativa popular no es una recogida de firmas al uso, primero tienes que presentar la propuesta en la mesa del congreso, que te la acepten (no te la pueden denegar si cumples los requisitos) y luego que le den traslado a la junta electoral central para que lo organice todo. Básicamente es así, luego cada firma deberá ir autentificada por un notario o fedatario público, aunque a veces se puede solicitar que se cree la figura del fedatario especial:

Artículo 10. Fedatarios especiales.

  1. Sin perjuicio de lo indicado en el artículo anterior, las firmas podrán también ser autenticadas por fedatarios especiales designados por la Comisión Promotora.

  2. Podrán adquirir la condición de fedatarios especiales los ciudadanos españoles que, en plena posesión de sus derechos civiles y políticos y careciendo de antecedentes penales, juren o prometan ante las Juntas Electorales provinciales dar fe de la autenticidad de las firmas de los signatarios de la proposición de Ley.[/i]

En todo caso los notarios no cobran por autentificar estas firmas, igual que cuando quieres apoderar a una tercera persona para que vote por tí, el trámite del notario es gratuito.

Usuarios habituales

  • PeLoTaSo
  • ArkaNNN
  • Kenderr
  • Ivlas