Javier Bardem condenado, 150.000 € por infracciones tributarias

obsscure

El Supremo confirma la sanciones impuestas al actor en relación con la liquidación del IRPF en los ejercicios de 2006 y 2007.

El Tribunal Supremo acaba de rechazar el recurso presentado por Javier Bardem contra unas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en las que se le condenó a pagar dos sanciones por un importe total de 150.491 euros por infracciones tributarias con la liquidación del IRPF en los ejercicios de 2006 y 2007.

Hacienda consideró culposa la conducta de Bardem como obligado tributario en relación a la remuneración que recibió de la sociedad Pinguin Films SL, de la que él era administrador único y socio único, por los servicios prestados como actor. Es decir, creó esta sociedad para manejar sus ingresos.

En el transcurso de las actuaciones de comprobación e investigación se puso de manifiesto por Hacienda que el valor añadido por la sociedad a los servicios prestados por el actor era realmente insignificante, ya que no tuvieron carácter distinto del que tuvieron los servicios facturados por ésta a sus clientes, en cuanto que, en ambos casos, la persona que los prestaba era la misma, y su contenido, idéntico.

El importe satisfecho por los clientes de Pinguin Films a la sociedad por la labor realizada para ellos por Javier Bardem ascendió a 851.327,28 euros en 2006 y 526.199,35 euros en 2007. Sin embargo, “sorprendentemente”, según dice Hacienda, el trabajo realizado por Javier Bardem para la sociedad, que era el mismo que facturaba Pinguin Films a sus clientes, se valoró en 188.566 euros en 2006 y 63.000 euros en 2007.

Para la Administración Tributaria, según recoge el Supremo, "nos hallamos ante una diferencia abismal entre la valoración de la operación acordada entre las partes vinculadas y la valoración que resulta del procedimiento previsto en las normas tributarias. Esta diferencia entre ambos valores demuestra la falta del mínimo rigor exigible por parte de Pinguin Films y de su socio a la hora de determinar el valor de la operación vinculada, que en ningún caso atiende a la realidad de las operaciones realizadas. Por el contrario, a juicio de esta Oficina Técnica se aprecia un claro ánimo defraudatorio, siendo la única finalidad de las partes vinculadas, socio y sociedad, la de permitir al socio y administrador de la entidad eludir los tipos impositivos progresivos y más elevados de IRPF así como la deducción en sede de la sociedad de gastos no relacionados con la propia actividad”.

Grandes los Bardem como siempre la izquierda dando ejemplo de su ideologia

Min 4:30

sephirox

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allmy

Voy a cerrar la ventana que entra un tufo a hipocresía...

Soy_ZdRaVo

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http://www.mediavida.com/foro/off-topic/javier-bardem-multado-no-pagar-hacienda-583771

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