Está claro que dependiendo de como vayan las cosas con la inhabilitación de Torra les indultarán ahora o se esperarán a reformar el Código Penal.
Genial uso del derecho de gracia.
Está claro que dependiendo de como vayan las cosas con la inhabilitación de Torra les indultarán ahora o se esperarán a reformar el Código Penal.
Genial uso del derecho de gracia.
Menudo cachondeo, indulto sin arrepentimiento. Me pregunto que se aportará en este tema:
"Además, para mayor información, se acompañará a la solicitud:
Copia del DNI o pasaporte.
Copia de la Sentencia condenatoria por la que se desea que se tramite el expediente de indulto.
Y cualquier otra documentación acreditativa de la reinserción social, laboral o familiar del penado y, en su caso, del proceso de desintoxicación al que esté o haya estado sometido y toda la que pueda aportar en razón de la solicitud planteada."
(texto sacado de https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/peticion-indulto#::text=Para%20solicitar%20el%20indulto%20ser%C3%A1,procedimiento%20o%20causa%20y%20su)
#96 ¿para que te crees que van a iniciar un trámite que no están obligados a iniciar? Para denegarlo? xDDD
Y oh, surprise, esto viene en el pack de la reforma sobre los delitos de rebelión y sedición.
Todo casualidades.
#98 Qué coño van a estar obligados, la inmensísima mayoría de indultos se resuelven por silencio administrativo, que significa que si no te contestan a tu petición en plazo se considera denegada.
No se trata de leerse la primera página del hilo, se trata de conocer lo mínimo en temas legales para saber cuando te están pasando la polla por la cara.
Y si no te vale que lo diga yo, ya lo ha dicho #79 que es abogado y sabe bastante más que yo de estos temas.
#99 Y entonces los tienes dando por culo en Europa y acabas pagando multa. Siempre ha salido bien hacer esas cosas.
Esto es indignante, espero que los mismos que se indignan con esto se vayan indignado con otras tantas cosas.
#100 No es verdad porque la Ley prevé que la no respuesta es una respuesta negativa, así que no te están ignorando. ¿por qué inventáis?
Os ponéis a discutir cosas de física, de arquitectura o de medicina así sin saber? Es porque os lo dicen algún grupo de telegram que es lo que tenéis que defender a muerte?
Da un poquito de miedo, sinceramente.
#103 Aquí hay algo raro con respecto a la obligatoriedad o no de la tramitación de la petición de indulto. Aunque ya estoy casi curado de espantos me cuesta creer que un gobierno pueda mentir en algo que es sota-caballo-rey, la petición tiene que ser tramitada o no, no puede ser a la carta.
No pongo en duda lo que dices pero no encuentro donde confirmarlo. Igual que tampoco encuentro donde confirmar lo que ha dicho la Calvo de que era obligatorio tramitarlo. Agradecería que me lo aclararas pasando el link de donde has visto lo de "que si no contestan a tu solicitud es que te la han rechazado".
Escuché ayer en la Brújula de OndaCero, progama que no es precisamente pro-gobierno, como el presentador daba por sentado que la solicitud de indulto tenía que ser tramitada. Me extrañaría mucho que de no ser así no hubieran incidido en ello y en ese programa gente tonta no hay mucha.
Yo he mirado en esta web del ministerio de Justicia desde la cual se puede solicitar un indulto y da info general además de citar la normativa que rige el indulto:
https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/peticion-indulto Lo mas cercano que encuentro a una respuesta acerca de esto es:
La denegación del indulto se comunicará al órgano sentenciador para su traslado a los interesados.
Solo con eso en cuenta yo entiendo que tiene que producirse una COMUNICACIÓN de la denegación. ¿Esa comunicación no es parte de la tramitación?
También he leído por encima la "Orden de 10 de septiembre de 1993 del Ministerio de Justicia, por la que se dan instrucciones sobre la tramitación de solicitudes de indulto" y no encuentro tampoco nada acerca de si las peticiones hay que tramitarlas por cojones o no.
#104 https://administracion.gob.es/pagFront/%20tramites/fichaTramite.htm?idTramiteSeleccionado=2329&catalogo=20
Efecto del silencio: negativo.
Es decir, si no te responden te están denegando la petición. Lo pone donde se envían las peticiones, así que imagina.
Y si, el Gobierno nos miente así. Empezad a abrir los ojos.
#104 y por si te queda alguna duda de qué es el silencio administrativo, viene regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Artículo 24. Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado.
El sentido del silencio también será desestimatorio en los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados.
#105 muchas gracias por el enlace. Efectivamente ahí si que pone lo del silencio administrativo. Aún así no termina de cuadrarme porque en la web del ministerio de justicia, desde la que también se puede realizar la petición no pone nada de eso, los propios formularios no ponen nada de eso (ni online ni en papel) y la orden que regula la tramitación tampoco. La que pasas es el punto de acceso general de la admon con trámites de todos los ministerios agrupados siguiendo una plantilla.
Igual que me llama muchísimo la atención que programas como LaBrújula de ondacero no estén argumentando esto.
Sinceramente no sé que es mas probable: que haya un error en la plantilla que resume el procedimiento de petición de indulto en o que estén mintiendo diciendo que la tramitación es obligatoria cuando no. Porque estarás conmigo que esto es un poco raro, ¿no?
Edit:
#106 Sé lo que es el silencio administrativo, gracias. Sé mejor aún lo que es montar una sede electrónica y publicar trámites en ella, por lo que sé que no es para nada descabellado cometer un error en la plantilla de info del trámite. Al igual que sé darle mas veracidad a una web del propio ministerio al que pertenece el trámite que a una web que agrupa trámites de varios ministerios.
#107 No, no estoy contigo en que es un poco raro. Cualquier parecido con la realidad entre lo que dicen políticos y periodistas cuando hablan de derecho es pura coincidencia.
pd: y no, yo no voy a demostrarte que es mentira o verdad, con 2 busquedas de google lo encuentras. Yo digo que he visto solicitar varios indultos y no se obtuvo respuesta alguna y que es lo normal.
Busca "silencio adminsitrativo + indulto" y verás que no me lo invento.
Vamos a pasar de la mentirijilla del "estábamos obligados a tramitar" a la mentirijilla de "Europa nos obligaba a modificar el delito de sedición."
Dos cosas: la primera, es cierto que el iniciar el trámite es lo legal, toda vez que lo han solicitado terceras personas, y eso le tocaría a un gobierno del psoe o de Vox, es irrelevante.
La segunda, es que que el ministro de justicia lo anuncie sorpresivamente en el congreso de Lis diputados, en respuesta a una independentista, es por pura negociación política de indultos (más la reforma del CP del delito de sedición), por presupuestos. Lo cual es indigno.
Estaría fenomenal que el rey hiciese uso del art 62. Ya solo por los loles.
Yo del tramite de indultos y medidas de gracias mas o menos controlo el que se hace la peticiion de oficio por la administración penitenciaria, algo muy excepcional que anda en el Reglamento penitenciario del 96. Pero básicamente en vez de hacerlo tu representante te lo hace el JvP los dos lo envian al ministerio de justicia.
#113 ¿Es correcta la información que da este buen hombre?
Edit: No le conozco de nada y no tengo cuenta en twitter, primera vez que le leo.