Leyendo el bog de David Bravo me he encontrado con un post sobre una curiosa forma que podría hacer que la Ley Sinde no tenga aplicación sobre muchas páginas web.
Podéis leer el post completo aquí, en este post simplemente escribiré el concepto de manera resumida.
Se da la circunstancia de que la Ley Sinde no podrá aplicarse a aquellas páginas web que ya hayan sido llevadas a los tribunales y estén todavía pendientes de resolución o la resolución haya sido favorable a ellas.
Este hecho, ya de por sí, libra a unas cuantas páginas. Pero ¿qué pasa con todas esas webs que nunca han sido denunciadas? Es evidente que, ante esta perspectiva, la SGAE y compañía esperarán a que se apruebe la Ley de Economía Sostenible para poder cerrar las webs sin necesidad de un juicio.
Bueno, pues resulta que existe una ley del reinado de Alfonso X el Sabio, todavía vigente, que regula un procedimiento llamado "acción de jactancia". Dicho procedimiento implica que las páginas web podrían reclamar que las asociaciones de autores las denuncien o que, de no hacerlo, pierdan su derecho a denunciarlas en el futuro. De esta forma, todas las páginas que iniciasen este tipo de medidas, estarían al margen de la nueva ley, obligando a que sea un juez, y no un grupo de váyase usted a saber quienes, el que decida el hipotético cierre.
PD: Es un post de Noviembre, así que es posible que algunos lo hayan leído ya, yo no he encontrado nada en el foro, así que lo publico.