#1 Extraido de la Ley del Decreto 1/2007
Artículo 120 Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto
La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
a) Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
b) Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario
Artículo 123 Plazos
- El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega.
ONTOPIC A ver si aprendemos a defender nuestros derechos como consumidores...que os dicen cualquier mierda y pasais por el aro....