#210
Ahora te lees la CE, te vas al apartado de derecho de reunion y encontraras esto:
"La autoridad Gubernativa podra disolver una reunion/manifestacion en los siguientes casos"
- Cuando se produzcan alteraciones en el orden publico.
No me hagas mucho caso, pero creo que cortar una calle y no dejar pasar a los servicios de limpieza es una alteración del orden publico, por lo que si, el gobierno catalan puede disolver al personal.
Y que no se os olvide lo siguiente. Existe el derecho de REUNION, no de ACAMPADA. Una cosa es que todos los dias, vayan 1000 personas a las 20:00 a protestar, y otra muy diferente, es que cojas y te montes un chiringuito donde te salga de las narices, y hasta que te de la gana. Seguro que si van 100 gitanos, y se acampan al lado de tu casa, llamas a la policia a toda leche para que los saquen de ahi.
Osea que no, no solamente puede ser la justicia quien declare ilegal una manifestacion, ni la intervencion de los mosos es ilegal.
Los mosos, como cualquier cuerpo policial del mundo, tiene sus metodos de intervencion. El otro dia, han llegado y le han pedido a la gente que se vaya y que deje trabajar a los servicios de limpieza. La gente ni puñetero caso, es mas, provocaba a los mosos. Si la gente no se mueve, habra que apartarla, si con un empujon tampoco se mueven, ya veras como con un porrazo, o un bolazo se mueven.