#86 Aquí tienes tu respuesta "a mi modo de ver". La cosa no es que tu creas que tal y cual, sino que si cumples o no una regla te pueden multar con ese importe o ser más permisivos. Seguramente han sido permisivos mucho y al ver que la gente sigue igual están empezando a aplicar las reglas como tocan.
#92 Reglamento general de circulación,
NORMAS ESPECIALES DE PARADAS Y ESTACIONAMIENTOS
- Queda prohibido parar:
Art. 94 .1 c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios. - Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
Objetivamente, si atendemos al apartado 3º de ese mismo artículo, a lo mejor vemos algo que favorece a tus intereses. xD No te digo mas
Muchacho te estás cogiendo unos nervios aquí xD si ya has decidido pagarla pasa de estar buscando nada, si quisieras recurrirla si veo que estés aquí buscando razones o leyes, pero si si aceptas el pago deja de cogerte nervios x2 xDDDDD
La multa está bien puesta #1, aunque no cumpla los casos mencionados en el apartado D) del art 64 como bien has dicho sin entrar en la discusion si hay curva o no, ese apartado tiene una especialidad, y es que guarda una liberalidad para el agente del orden que te pone la multa y consiste en esta:
d) Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones <<o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.>>
Si el agente considera que el sitio donde has aparcado es peligroso o porque obstaculizas gravemente la circulación (que lo haces) puede aplicar perfectamente este apartado. Y eso es algo que el puede apreciar arbitrariamente a la hora de ponerte la multa, asique puede parecerte injusto pero es lo que hay, la multa está bien puesta.
- Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.d) del texto articulado.
Resumen para vagos, no es grave. A recurrir hamijo
#98 Te quiere decir que la multa esta mal puesta xD
Reglamento General de Circulacion:
Art 94.1. Queda prohibido parar:
c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
Art 94.2. Queda prohibido estacionar en los siguientes casos:
a) En todos los descritos en el apartado anterior en los que está prohibida la parada.
Art 94.3. Las paradas o estacionamientos en los lugares enumerados en los párrafos a), d), e), f), g) e i) del apartado 1, en los pasos a nivel y en los carriles destinados al uso del transporte público urbano tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.d) del texto articulado.
Por consiguiente, la infraccion es leve si se interpreta dicho estacionamiento como que no hay peligro o grave obstaculizacion, que no lo hay y ahi teneis el video.
No me hacia falta mirar el articulo que muy amablemente me ha puesto #97, si se dan supuestos de estacionamiento concretos con consideracion de graves es obvio que el simple estacionamiento ocupando un carril es leve.
#63 Qué carne van a tener? Ninguno, si la mayoría esta hablando sin tener ni idea, ni haberse leído el post siquiera xD
Especial dedicación para el de "yo llamaría a la grúa por joder" ese por joder resume mucho la mentalidad de la mayoría aquí, muy triste...
Y eso que yo creo que la multa esta bien puesta, un poco bastante carera, pero si cumple los requisitos te ha tocado y au. Y encima en el sitio mas tonto si hay tan poco tráfico.
Lo que sí que es verdad es que me parece un sablazo impresionante...
La recurriria de todas todas si supiese cual es la doctrina predominante en casos como el mio, pero dudo que haya un solo caso que haya acabado en la jurisdiccion contenciosa xD
Ten cuidado a la hora de reclamar multas, porque puedes meterte en un grave problema como le paso a mi amigo.
Estaba yendo a mi pueblo a pasar unos dias cuando dejo el coche parado un minuto para ir corriendo al bar a por tabaco. Cuando volvio, habia una patrulla de la Guardia Civil poniendole una multa, y el les dijo que no llevaba ni un minuto en el bar. Los guardias pensaron que estaba borracho y retando a la autoridad y le dieron una paliza, a porra limpia, por supuesto desacato. Le llevaron 48 horas al calabozo y le pusieron 3000 € de multa por desacato y 250 € de multa por el aparcamiento en zona prohibida. Huelga decir que aunque esta historia me la acabe de inventar porque estoy hasta la polla en el trabajo, ten mucho cuidado hamijo.
Tienes razón, España da pena tanto en educación vial como en leyes (más que leyes, formas de recaudación)
Joer de calle justificada, a unos 30 metros de la salida de la curva, en un carril para el transtio de vehiculos y la curva tiene "cierta" elevacion (lo que justifica lo del cambio de rasante).
Yo es que siempre dejo el coche 4 calles mas lejos de mi casa en lugar de jugarme una multa por dejarlo al lado del portal, en mi opinion la denuncia y la consiguiente multa estan bien justificadas.
edit: encima con los setos y arbolitos visibilidad reducida, joer es que no se de que te quejas... por mi barrio lo solian hacer hasta que paso un dia la policia local y dejaron 3 calles llenas de recetas, nunca mais, la peña aparca "lejos" en lugar de jugarsela.
#101 Vamos a ver, no me he leido todas tus contestaciones, pero si algunas y lo que has puesto en #1, y sinceramente, si lo que quieres es autojustificarte genial, pero no puedes aparcar donde te salga de los cojones y luego quejarte. Es más, soy yo policía y me vienes a la comisaría con las razones que estás dando, y te pongo otra por capullo.
#106 En ningun momento me autojustifico, solo intento que no me carguen un asesinato cuando lo que he cometido es un homicidio (igual no ves o no sabes la diferencia).
Gracias a este hilo he podido quedarme con la gente que no se lee los temas y contesta por contestar, mi vida en MV será mejor. Gracias.
#1 entras a postear un rage de una multa más que merecida y te pones a meter leyes que ni van al caso. Luego gente te expone sus opiniones y sudas de los que te argumentan que la multa es legal. Si has tenido los huevos de aparcar ahí, tenlos para admitir que la culpa es tuya, pagas la multa e intentas no repetirlo
#109 Que leyes no van al caso?
Antes de darte el zas quiero ver hasta donde llega tu ignorancia.
a mí me multaron por algo parecido. Enfrente de mi casa hay una calle que es de dos sentidos pero la gente aparca justo en medio (dejando un carril para bajar y otro para subir la calle). El caso es que se llevaba aparcando toda la vida formando dos carriles. Pues de buenas a primeras un hijo de la gran puta (porque no tiene otro nombre) llamó a la policía porque le molestaba la doble fila y vinieron los agentes de "subnormalidad" y empezaron a llevarse los coches. Afortunadamente yo salí de casa y me encontré este panorama. Les comenté que si ya no se podía aparcar más y me dijeron que solo se podía formar 1 fila.
Me dispuse a retirar mi coche y en el limpia tenía la receta 100 € por aparcar cerca de un paso de cebra me puso el cachondo. Intenté hablar con ellos pero me tocaron un par de hijos de la gran puta así que me tocó pagar.
#112 Si, aplicando mal la ley. Menudo zas oye!
Estoy esperando a que me digas que leyes son las que he puesto y que no vienen al caso, come on.
#113 Aplicando mal la ley sí. Ademas de que el art de la ley a la que desarrolla la ley que citas, que ya te ha citado el policia ya te deja caer que has aparcado en un sitio peligroso que obstaculizas gravemente la circulación y coges y citas solamente el art 94(casos especiales) que no viene al caso absolutamente, mejor sube la mirada un poco mas arriba y leete el 91(casos generales) que es el que a ti te interesa, concretamente el apartado 2 y 3 que dicen(te pongo en negrita lo interesante):
2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos:
[b]a) Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre ella que indique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos.[/b] Yo mediria por si acaso, que esa calle no es muy ancha
b) Cuando se impida incorporarse a la circulación a otro vehículo debidamente parado o estacionado.
c) Cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehículos en un vado señalizado correctamente.
d) Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos.
e) Cuando se efectúe en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalización del tráfico.
f) Cuando se impida el giro autorizado por la señal correspondiente.
g) Cuando el estacionamiento tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilización.
h) Cuando el estacionamiento se efectúe en doble fila sin conductor.
i) Cuando el estacionamiento se efectúe en una parada de transporte público, señalizada y delimitada.
j) Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios expresamente reservados a servicios de urgencia y seguridad.
k) Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios prohibidos en vía pública calificada de atención preferente, específicamente señalizados.
l) Cuando el estacionamiento se efectúe en medio de la calzada.
m) Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
3. Los supuestos de paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente la circulación tienen la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.d) del texto articulado.
Podrás decir lo que te de la gana, que en defecto de todos los posibles casos que tu cumples, m) es un apartado de cierre que se aplica a tu caso al arbitrio del agente y de la autoridad que te tenga que sancionar. Y como dice el apartado 3, es grave.
Ahi tienes tu zas
La multa no se pero cada vez me queda mas claro que en MV hay muchisima gente que no sabe conducir.
A todos aquellos que habies escrito "has dejado el coche despues de una curva" os parece normal decir eso? En serio no os habeis dado cuenta con las imagenes que el coche lo ha dejado antes de la curva?
#1 tu a los que no saben ni distinguir el sentido del trafico no les hagas ni puto caso...
#106 pues menos mal que no eres policia porque se nota que no tienes ni idea de jusgar parcialmente. Poniendo multas por capullo, asi es como funcionaria la policia contigo
#114 El punto a) no me queda especialmente claro, pero si te refieres a la distancia entre mi coche y la fila de coches aparcados adecuadamente, diria que supera ampliamente esos 3 metros. Ahora despues bajo y te aparco el coche donde estaba, te saco una foto y un video (si sera por molestarme ya ves tu xD).
Respecto al punto h), mi coche no esta en doble fila, y recalco lo de en doble fila por el impedimento de dejar salir al coche aparcado. En mi caso no hay doble fila, no hay impedimento.
respecto a l), no esta en medio de la calzada, esta a un lado (esto es basico).
Y respecto a m), no constituye peligro ni obstaculizacion grave, como se ve en el video.
edito: voy a bajar y aparco el coche donde lo tenia aparcado el dia de la multa, a ver si asi os haceis una idea del "peligro" y la "grave obstaculizacion" porque voy a presuponer que creeis que la calzada es estrecha.
La multa está bien puesta, ojalá multasen a todos los que por ciudad van aparcando el coche donde les sale de los huevos.
Lo siento por ti, así escarmientas y la próxima vez dejas el coche en un lugar habilitado para ello.
En esa foto le doy la razón al guardia totalmente, y sí, hablo de la de 200 euros. Pilla después de una curva y al lado de un paso de peatones(quita visión) sea o no mala suerte el criterio con la foto que has puesto en #1 es totalmente correcto.
#119 La calle es de sentido unico hacia arriba. El coche esta aparcado 5 metros despues del paso de peatones y a 20 metros de la curva. Mira que lo he puesto en mayusculas al final de #1 pero ni aun asi...
#117 Por que esta bien puesta? Aqui se debate con fundamentos juridicos, no con el corazon y la rabia.