MV-Abogados Duda con una demanda ejecutiva y una casa pagando hipoteca

aren-pulid0

Persona X siendo autonomo sin SL ni nada, ha contraido una deuda de 18.000 euros en materiales con otra empresa y no puede pagarla, se llego a un acuerdo para pagar 200€ al mes en los tribunales y se ha incumplido, ahora le ha llegado una demanda de ejecutiva en el que se le reclaman 18.000 más 5.000 por intereses y costes.

Si esa persona X tiene solo una casa por la que paga hipoteca a nombre de X y de su mujer donde viven sus familiares ¿podrían embargarles la casa?

Se que no es mucha información y se que esa persona va a consultar con un abogado pero aún asi algo de informacion de antemano no estaría mal

Gracias

Kalgator

Si, pueden embargarla, pero es mas complejo, pues se tiene que vender la vivienda y la mitad queda embargada

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_LuZBeL_

Si no esta a su nombre no le embargan nada.

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FUNnn

Si está casado por gananciales, lo normal, es que se lleven la casa, o se venda o subaste la casa para saldar las deudas.

Quizás como acarrea desahucio, y el juez tenga mano ancha y dé bastante tiempo

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AsSaMiTa

Si la deuda deriva de una factura o de un préstamo personal (sin garantía hipotecaria) el procedimiento irá a través de una ejecución de título no judicial donde se persiguen los bienes presentes y futuros del deudor: vehículos, saldos en cuentas corrientes, devoluciones de IVA, inmuebles, etc.

Atención que cuando te notifican el auto de despacho de ejecución te emplazan por 10 días, a contar desde la notificación, para oponerte a la misma en base a una serie de motivos tasados que recoge la Ley. Por tanto, DESDE YA, mi consejo es que esa persona X vaya cagando ostias a buscar un abogado para buscar asesoramiento.

Respecto al tema del embargo de la casa, la ley dispone de un orden de bienes susceptibles de embargo, siendo de los últimos los bienes inmuebles (otra razón más para que la persona X acuda a un abogado a que le asesore y le ayude a oponerse al embargo de la casa). No obstante, en caso de que se acuerde el embargo, como ya han apuntado antes, dependerá tanto del régimen matrimonial que tenga como del porcentaje de titularidad de la vivienda.

A partir de ahí, si la ejecución sigue adelante, habrá que acudir a un avalúo previo del bien y, si este resulta atractivo para satisfacer la deuda según criterio del ejecutante, solicitar la pública subasta del mismo. Todo ello de acuerdo con las normas recogidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero insisto, hay que acudir a un abogado cuanto antes.

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