Curiosamente ayer tuve exámen de derecho mercantil y las patentes era uno de los temas. A grandes rasgos te puedo decir lo siguiente:
Recuerda que una patente es el invento por así decirlo. Son propiedaees industriales y te otorgarán el derecho de exclusividad. Logicamente como dices debe registrarse. Ahora ¿puedes? Mirate la ley de patentes de 1986, art 4 y siguientes.
A grandes rasgos los requisitos son:
- La novedad, que haya una creación.
- Actividad inventiva.
- Que tenga aplicación industrial.
Como supongo que te quedarás igual acude al registro de patentes, la oficina de patentes valorará si hay invento o no realizando un examen de fondo y en que medida ese invento es un avance. Es el llamado procedimiento de concesión, existen dos tipos:
- Examen de fondo (patentes fuertes) y viceversa, no hay exámen de fondo (patentes débiles). Depende de tu presupuesto y del que prefieras, la patente (si te la conceden) será mas cara y estará mas protegida o viceversa.
Recuerda que tendrás exclusividad durante 20 años improrrogables.
En cuanto a tu pregunta, si registras la patente como te he dicho dispondras de una protección a nivel estatal. Existe por eso una patente internacional y tiene unos limites: el que quiere protección mas allá de su pais lo pedirá en la oficina estatal que realizará una solicitud de protección a la oficina internacional.
Las patentes a diferencia de las marcas no tienen protección comunitaria (dentro de la UE). No se puede solicitar protección a nivel europeo.