Hispamp3
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha admitido a trámite una denuncia de la Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores (Consudato) al considerar que existen indicios de que la SGAE vulneró la ley al grabar una boda con el objetivo de probar que se pinchaba música sin pagar derechos de autor.
La admisión a trámite de la denuncia se produce después de que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla condenara a un salón de celebraciones, La Doma de San José, ubicado en San Juan de Aznalfarache (Sevilla), a pagar 43.179 euros a la sociedad de autores por poner música sin pagar los derechos de propiedad intelectual correspondientes.
No obstante dicha sentencia también declaró ilegal el vídeo de una boda que fue aportado como prueba y que grabó sin permiso un detective privado contratado por la SGAE.
Según Joaquín Moeckel, abogado del salón, la SGAE podría haber incumplido la Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos ya que, según el letrado la Sociedad de Autores cedió imágenes y datos de carácter personal sin el consentimiento de los asistentes a la boda.
La Sociedad General de Autores y Editores podría ser multada con 600.000 euros por grabar ilegalmente la boda.