El PP propone que los 'memes' sean delito

J

M

Albert Rivera celebrando la ley

intelntl

#6 Me da igual, el PP ya debería estar ilegalizado, no deberían ni poder hablar.

YokeseS

es culpa de los podemitas por meterles tanta caña. memeamos por encima de nuestras posibilidades.

DISFRUTEN LOS VOTADO SEÑORES!!!

ahora a poner el culo como buenos gilipollas

Gunker

#6 Un ejemplo de ello es la frecuente vulneración del derecho a la intimidad personal y a la propia imagen que se articula con la subida de imágenes por terceros sin el consentimiento de sus titulares.

A mí esto me parece muchísima palabrería para lo que es el mensaje "De los políticos se va a reír vuestra putísima madre". Pues no, al ser figuras PÚBLICAS, se tienen que joder con los memes, así de simple.

Porque escudarse en la población, me parece repugnante. No engaño a nadie si digo que la justicia y la ley no funciona igual con nosotros que con los políticos y esta reforma, es para asegurarse que nadie se pasa de gracioso con ellos, FIN.

PD: La propuesta está ahí, aquí no hay ningún invento.

cristofolmc

¿En serio estáis dando credibilidad a una noticia de ese panfleto cuya fuente es un tweet que es directamente mentira?

MV como siempre lamentable.

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Leirlux

#1 ¿En qué página de las proposiciones está? No lo encuentro y he filtrado por "redes sociales" con CTRL+F, sorry.

K

Venezuela!

punkypie

Por lo que se ve al PP aún se le resiste desprenderse de los tics del pasado... habra que darles la razón a los progresistas

Aun recuerdo con gracia aquello del viaje al centro, que ahora eran liberales y tal...
Al final dejare de votar escaños en blanco para tener que votar a Podemos como sigan por este camino, los del PP están perdiendo completamente la cabeza y se están trasformando en aquello que tanto critican, unos totalitarios Hugo Chavez style.

Estamos rodeados por estatistofascistas de derecha y estatistofascistas de izquierda, y tanto uno como otros se han puesto deacuerdo en lo esencial, jodernos a todos las libertades.

#36 Nos guste o no, hay que afrontar la realidad, la ley mordaza es hija del PP, a partir de ahi queda claro que clase de seres son... en este asunto tengo que estar con los progres me guste o no.

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B

#39 Se te va con el copia y pega del Twitter anonimo

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punkypie

#40 Explicate

Corregido, lo tenia en el corrector para revisar faltas pero tengo el raton jodido 8y el teclado como puedes ver8 y se pego dos veces, la cocacola y el pc no hacen buenas migas 8si, soy un guarrete8

YokeseS

#39 pues que quieres, tendran que poner todas las trabas legales que puedan para mantener el negocio.
eso si cuando lleguen nuevas elecciones otra vez campaña del miedo y a votar a los mismos.

Mar5ca1no7

#36



Página 10

161/000740

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa al régimen de protección civil del honor del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, para su debate en la Comisión Constitucional.

Exposición de motivos

La dignidad de la persona, valor superior o principio general del Derecho, en cuanto se ha positivizado en el artículo 10.1 de la Constitución es norma de Derecho positivo. Los derechos fundamentales y las libertades públicas encuentran en nuestro ordenamiento jurídico constitucional su fundamento en la dignidad de la persona. En particular en nuestra Carta Magna encontramos determinados derechos fundamentales cuya conexión con la dignidad humana es particularmente relevante, tal es el caso de los derechos contemplados en el artículo 18.1 CE, que eleva al máximo rango normativo "el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen". Tres derechos que son autónomos aunque estrechamente vinculados entre sí, en tanto que son derechos de la personalidad, para la protección de su dignidad (STC 14/2003). Los mismos que el artículo 20.4 de la CE señala como definitorios de la frontera o límite con las libertades de información y expresión.

Ante la necesidad de regular con una mayor precisión los derechos establecidos por el artículo 18 de la Constitución, otorgándoles la oportuna protección o tutela en el ámbito civil. El legislador llevo a cabo el desarrollo de los mismos a través de la promulgación de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Se trata de una de las normas que más trascendencia práctica ha tenido en lo que a los derechos fundamentales de los ciudadanos se refiere.

Tal y como señala la Exposición de Motivos de la citada Ley Orgánica "además de la delimitación que pueda resultar de las Leyes, se estima razonable admitir que en lo no previsto por ellas la esfera del honor, de la intimidad personal y familiar y el uso de la imagen esté determinada de manera decisiva por las ideas que prevalezcan en cada momento en la sociedad y por el propio concepto que cada persona según sus actos propios mantenga al respecto y determine sus pautas de comportamiento". Esta relatividad que caracteriza a estos derechos de la personalidad conlleva la dificultad de delimitar conceptualmente desde una perspectiva jurídica qué ha de entenderse por honor, intimidad y propia imagen. Lo que otorga al poder judicial un amplio margen de discrecionalidad para fijar el ámbito de aplicación de la Ley, atendiendo a los usos sociales y las ideas que, en cada momento prevalezcan en la sociedad.

Han trascurrido más de treinta años desde la entrada en vigor de esta Ley de protección civil de los derechos de la personalidad. Es cierto que las normas jurídicas nacen con vocación de permanencia, pero ello no puede significar en ningún caso su inmutabilidad. La amplia casuística de los problemas planteados, y la alta litigiosidad existente entre los "derechos fundamentales de la personalidad" del artículo 18 CE, con otros derechos constitucionalmente protegidos como son la libertad de información y la libertad de expresión del artículo 20 de la Constitución, pone de manifiesto que la indefinición, la falta de complitud y flexibilidad de esta norma da cabida a distintas interpretaciones jurisprudenciales sobre un mismo caso, algo que puede poner en peligro el principio de seguridad jurídica.

Página 11

Las normas deben reformarse para solventar los problemas que en la práctica ha generado la aplicación de la Ley, así como para adecuarse a los cambios de la realidad social y a los avances tecnológicos alcanzados que están llamadas a regular. Pese haber sido, esta Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, objeto de algunas reformas en su parte dispositiva, reforzar la protección de estos derechos de la personalidad resulta especialmente relevante ya que nos encontramos inmersos en la denominada sociedad de la información, en la que la creciente presencia de nuevas tecnologías permiten la obtención y la difusión de información de una manera insólita, algo que pone en especial peligro ámbitos reservados de la vida privada que son merecedores y exigen una especial protección, lo que constituye una constante y potencial amenaza para aquellos.

Esta proliferación del uso de las tecnologías de la información, y su enorme influencia actual, han incrementado las lesiones a los derechos recogidos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. Un ejemplo de ello es la frecuente vulneración del derecho a la intimidad personal y a la propia imagen que se articula con la subida de imágenes por terceros sin el consentimiento de sus titulares.

Por todo ello, y para otorgar la debida protección a estos derechos fundamentales, deviene necesario configurar de manera más precisa el contenido de los mismos. Con el objetivo de reducir el amplio margen que en la aplicación de la Ley se otorga al arbitrio judicial.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente

Proposición no de Ley

"El Congreso de los Diputados manifiesta la necesidad de valorar una posible modificación de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen con objeto de adaptarla a la realidad social y al desarrollo tecnológico producido desde su promulgación."

Palacio del Congreso de los Diputados, 19 de octubre de 2016.-Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.

Comisión de Asuntos Exteriores

161/000739

A la Mesa del Congreso de los Diputados

El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley para promover el respeto a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y apoyar la celebración de un referéndum revocatorio del mandato de su presidente, previsto en el artículo 72 de la misma, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.

Exposición de motivos

La República Bolivariana de Venezuela atraviesa una grave crisis que afecta a la realidad política, social y económica del país. A pesar de poseer el 20 % de las reservas petroleras del mundo, según el Fondo Monetario Internacional la economía del país se contraerá un 10 % en 2016, tras la caída del 5,7 % en 2015. El incremento del salario mínimo del 30 % no ha conseguido contener una tasa de inflación que sobrepasó en 2015 los 180 puntos y que podría alcanzar este año 475 %, y 1.660 % en 2017, también según el FMI, lo que anula cualquier posibilidad de acceder a los productos básicos. La escasez de recursos, alimentos básicos y medicamentos es crónica. El 75 % de los medicamentos considerados esenciales por la Organización Mundial de la Salud no se encuentran disponibles en el país.

La dimensión política de la crisis afecta a unas instituciones democráticas que están deterioradas, no se respeta el Estado de Derecho y el principio de separación de poderes esencial en todo estado democrático. La falta de libertad en el país se refleja también en un gran número de personas encarceladas por motivos políticos, que supera ya el centenar. Existe un bloqueo institucional que afecta seriamente a la economía y a los ciudadanos venezolanos, a través del control que ejerce el poder ejecutivo sobre el

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu12&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-12-D-43.CODI.%29#(P%C3%A1gina10)

He pegado de mas, por poner lo de venesuela. Puta vergüenza que se pierda tiempo y recursos en esas paridas.

Vandalus

fumAx

Habrá que meterse en la deep web para ver cuantocabron.com

B

Siempre quedarán los avatares...

zakzak98

Ley de Proteccion del Honor

Anda a tomar por culo hombre

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YokeseS

bueno a las malas, la gente no se desaoga con estas mierdas y termina por levantarse en contra de esta gente ^^

Hipnos

Declaro veda libre de memes a políticos en este thread para celebrarlo.

2 respuestas
B

#49 Pues ahora no queremos. Hala.

Alvurion

Si nos bajan los sueldos y nos quitan el trabajo no nos movemos, pero como nos quiten los memes... :psyduck:

Kernel0Panic

Ya estamos con la censura de la libertad individual de la gente en manos del estatismo.

Menuda manera de poner vallas al campo.

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B

#52 Había leído "del estalinismo", qué susto...

Naith

#49

B

3 respuestas
Tr1p4s

Disfruten su "la libertad de expresión tiene limites", hipócritas.

PP repartiendo estatismo del que tanto os gusta.

Pinonegro

pero que coño?

BernyMoon

Seguid votando al PP.

A

El meme ha sido sobreexplotado por los normies, por mi que lo maten ya.

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punkypie

#55 El ultimo es oro puro, te doy mi pezuña

#59 Hemos memeado por encima de nuestras possibilidades :(