Sin entrar en mucho detalle pues requeriría más datos y más tiempo que no tengo:
Grosso modo, lo que hay es una posesión en concepto distinto de dueño. La propiedad hemos quedado que corresponde a un tercero (familia o lo que sea).
Si le embargan la parte proporcional de la casa las posibilidades que hay son:
a) que se realice el valor de la casa (venta en pública subasta) y al resto de los propietarios se les de su parte pecuniaria (en dinero). La verdad es que con respecto a esta posibilidad no se mucho pues es materia de concursos y no he dado todavía.
b) que el resto de los familiares compren la parte correspondiente y por tanto no se embargará el piso sino el dinero.
c) otra posibilidad es que te hiciera una donación del usufructo de la casa, pero ahora mismo sería considerado fraude así que tampoco lo veo muy viable (aunque se podría intentar). De esta manera tu quedarías legalmente como usuario de la casa.
Por ultimo decir que en lo referente a lo de adquirir la casa por el mero uso tienes razón pero se requieren 20 años. Así que todavía te quedarian 18. Además tampoco operaría en este caso pues sería de mala fe (dado que conoces la existencia de un legítimo propietario) y se extenderian más los plazos. (Esto se llama usucapión)
PD: Con respecto a lo que dicen de que las cargas se conservan, así es, pero creo que no es el caso pues la casa no tiene cargas sino que es uno de los propietarios quien tiene deudas ajenas a la herencia, ¿no?. ¿O es la herencia la que venia con deudas? Si este fuera el caso todos serían deudores solidarios no sería otro caso diferente.