* Cuerpos Generales de los Ejércitos y Armada e Infantería de Marina:
1. a. Sin titulación previa de Técnico Superior: estar en posesión de cualquiera de los requisitos que para el acceso a los ciclos formativos de grado superior se determinan en el artículo 21 y en la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, título de bachiller o equivalentes, pero que puedes consultar en los pdf,s de esta misma página.
2. b. Con titulación previa de Técnico Superior: los títulos de Técnico Superior de formación profesional que establezca la convocatoria correspondiente, de entre los que figuran en el anexo II del RD 35/2010, disponible más abajo.
http://www.soldados.com/suboficiales/como_ingresar/requisitos.htm