#6 No, las facturas anteriores está claramente visible que es para una empresa y que se hacen por rehabilitación de una vivienda. Vamos que son empresas fuertes de la construcción.
#7 Pero lo del técnico cualificado no influye, las otras empresas tienen a los suyos, esta empresa tiene al suyo propio y el técnico dirá bajo su responsabilidad que las actuaciones que se están haciendo son X o son Y, la licencia está concedida.
Tirar tabiques y levantarlos me refería a modificar o suprimir la distribución, con una licencia de obra menor te meten un puro si la cambias. Pero que vamos todo esto no influye en lo que me estoy refiriendo, hago un resumen del caso para ver si así se ve más claro:
Hay 3 apartamentos, los 3 requerían unas rehabilitaciones gordas, incluidos cambios de distribución (obras +60.000 euros) dónde no se tocaban estructuras, fachadas, patios interiores, ni techos.
Hay 3 empresas distintas que han hecho estas obras, todas las obras requerían hacer en el 90% de las cosa prácticamente lo mismo y ese 10% no es nada importante ni significativo, una cuestión de acabados.
Empresa SL 1: Hace su obra con licencia de obra menor: Facturas + IVA 10%
Empresa SL 2: Hace su obra con licencia de obra menor: Facturas + IVA 10%
Empresa SL 3: Hace su obra con licencia de obra menor: Facturas + IVA 21%
Firmamos contratos de ejecución de obra con aportación de materiales, la realidad es que en base a lo que pone en la AEAT, a mi empresa S.L. se le debería aplicar el 21% ya que no es persona física, ni el 50% del presupuesto corresponde a actuaciones sobre fachada, patios interiores, tejados, ni estructuras.
Es un 99% improbable que las Empresas 1 y 2 se hayan equivocado al establecer el IVA, son empresas "medias" del sector de la construcción y saben lo que hacen, me refiero ponen ese IVA por alguna razón en base a algún supuesto que es lo que desconozco y necesito saber, para decírselo a Empresa 3 para que me repercuta el 10% de IVA