#150 Vamos a ver, te estas equivocando en varias cosas.
1) Esta ayuda, salvo que en la norma que la regule cambie su calificación, es una ganancia patrimonial no derivada de una transmisión patrimonial, no un rendimiento de trabajo. No importa si trabajas a media jornada, completa, o en negro, son independientes.
2) Los 1.000 € que deriven de ayudas públicas, no es mensual, es anual. Solo con ese cobro, aunque no trabajases, tienes que declarar el IRPF.