Quien debe pagar los gastos de notaria, en una venta de vivienda ?

T

Pues eso, yo no he acordado nada con el comprador, pero se acerca la venta, y me pregunto quien debe pagar dichos gastos, vendedor, comprador o a medias.
A sumar después, los gastos q conlleva al vendedor, la cancelación de la hipoteca en la notaria, de la vivienda que se vende, y en el registro también, son otros gastos para el vendedor.

Quien tiene experiencia en estos tramites ah ?

Gracias de antemano.

Un saludo.

ManKorR

Está regulado en el código civil si no lo habéis estipulado en el contrato de compraventa.

androide

Tienes 2 grandes hilos dedicados a la vivienda y a la hipoteca. Allí resolverán todas tus dudas:

El hilo de la vivienda
El hilo de las hipotecas

2
-Crack-

Las dos partes pueden negociar, pero lo suele pagar el comprador

1
Dase

1.455 CC

kalvinone

Depende de lo estipulado en el contrato de arras. Normalmente si el contrato está bien redactado aparecerá una cláusula que especifique que es arreglo a ley (80% vendedor y 20% comprador si no me falla la memoria). Si no se especifica es arreglo a ley y si no has negociado nada con tu comprador entonces eres el que más paga.

Se supone que si esto lo estás haciendo con el banco o con una inmobiliaria, éstas suelen trabajar con gestorías que se encargan de hacer un cálculo de los gastos y "retener" la parte correspondiente a gastos de cancelación de hipoteca y registro en el momento de la venta. Seguramente puedas preguntar a la inmobiliaria o al banco y te puedan informar mejor.

Lo mismo con la notaría, salvo que se especifique lo contrario, el notario lo escoge el comprador.

T

Según dicho articulo sino lo he comprendido mal, los gastos de después de una venta, los pagaría el comprador, cierto ?

2 respuestas
k222

En cuanto a los gastos de notaría en cataluña lo habitual es que lo pague el comprador, en Madrid por ejemplo he visto que suele ser el vendedor

como te comentan en el contrato de compraventa debería indicarlo.

-plusvalía municipal siempre el vendedor
-gastos itp siempre el comprador
-cancelaciones de cargas registrales como por ejemplo la de una carga hipotecaria la asume el vendedor.
-los gastos de inscripción de la compra en el registro a cuenta del comprador

1
FerPina

#7 eso es lo habitual, si

kalvinone

#7 Salvo que se especifique lo contrario en el contrato de compraventa, todo gasto (IBI, Basuras, suministros) se encarga el comprador a partir de la fecha de la venta. También si hay alguna derrama aprobada a fecha posterior a la venta paga el comprador

T

me ha quedado claro, no tenemos nada en el contrato de que los paguemos a medias.. gracias

Cna

Igual me estoy colando porque no se mucho del tema pero ¿no es un poco mezquino eso de hacer mutis hasta que se firme el acuerdo y que luego el otro se entere de que le vienen todos esos gastos adicionales?

2 respuestas
gebimelo

#12 Es mezquino si, pero tambien es responsabilidad del comprador mirar en el registro las cargas que tenga y preguntar en la comunidad.

Para evitar complicaciones la ley le otorga la responsabilidad al comprador que es quien debe actuar con diligencia si no quiere salir trasquilado.

Y si, respecto al post el resumen es que ambas partes se hacen cargo de ciertos gastos conforme al art 1455

"Los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de la primera copia y los demás posteriores a la venta serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario"

ManOwaR

#12 para comprar una vivienda has de tener un buen colchon de pasta. Entre que rara vez un banco da más del 80% del valor de tasación del inmueble (yo tuve una suerte tremenda que tasaron la vivienda por mucho más del precio acordado de compra) y que por otro lado se te va un 10% en gastos...

Cna

OP hace referencia al gasto que se genera de cancelar su hipoteca en notaría usando el dinero de la venta y esto entiendo que entra dentro del ámbito particular del vendedor y no de la vivienda en si. Ese gasto también corre a cuenta del que compra?

maliaradia

Yo compré una casa en diciembre y el pago de notaría fue segun ley (paga la mayor parte el vendedor), que era lo que firmamos en el contrato de arras. Aunque igualmente tuve que poner una cantidad mayor en la provisión de gastos y de ahí una vez restado todo me devolvieron lo que me correspondía.

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