Sirve hacer un contrato compraventa para...

GeO-Granada

la compra de un móvil, por mi parte?

Hay un chaval de mi ciudad que vende un móvil que me interesa, y he pensado en hacer un contrato compraventa, pero no sé hasta que punto al firmarlo la ley me respaldaría o no, en el caso de que luego el móvil sea la peste en vinagre xD

A ver que me contáis, gracias!

Flamazares

El contrato de compraventa existe aunque no firmes nada. En Derecho español rige el principio antiformalista así que los contratos pueden ser orales.

Firmar un documento pues siempre te va a dar más seguridad, sobre todo en lo relacionado con vicios ocultos y el saneamiento por evicción...

2 respuestas
PocketAces

Jajajaja

No creo que ningún particular firmara nada en esa transacción.

1 1 respuesta
GeO-Granada

#3 por qué no? si el está seguro que del o que mevende está bien, que problema debería de tener él ? xd

1 respuesta
B

#1 Claro, para eso están los contratos. Pon por ejemplo una cláusula de devolución del dinero en caso de vicios ocultos en el móvil (defectos que no se puedan ver a simple vista).

Soy_ZdRaVo

#1 Si, puedes hacerlo y como soy 2 partes particulares podeis añadirle las clausulas que querais sobre garantías etc.

GeO-Granada

Eso he hecho, pero dice mi padre que en el caso de que algo saliera mal, que sería más caro un proceso judicial que comerme el móvil con papas... cómo lo véis? xD

2 respuestas
Soy_ZdRaVo

#7 También es cierto

2
raganock

#1 Las palabras se las lleva el viento pero los papeles quedan, así que hazlo, a mí no me parece mala idea.

rayka

Pregunto desde la ignorancia: en este caso, ¿habría que rellenar el modelo 600 por transmisiones patrimoniales onerosas?

1 respuesta
B

#10 Me parece que no xD

squ4r3

y si luego te hace el lío de que te vale el papel? para llevarle a juicio y que dentro de 2 años pase algo? venga ciao hasta luego bye!

DeFiNiTioN

#4 Si es un gitano o un cani no firmará nada, y si lo firma es con datos falsos. Si es alguien normal, pues o lo firma o no le compres el móvil.

GeO-Granada

Está claro que si no lo firma no compro, más que nada si después de leerse mi super contrato de compra venta no quiere, es porque algo no funciona en el móvil x¨D

ChaRliFuM

Yo te recomiendo que firméis un contrato de compraventa, mayormente es por una sencilla razón:

Imagina que ese móvil no es de quien te lo vende, es decir, no es su legítimo propietario. ¿Qué ocurre? que si el día de mañana el verdadero dueño del móvil bloquea el teléfono o lo localiza y te lo reclama. Con el contrato de compraventa tu puedes argumentar que has actuado de buena fe y has comprado a quien parecía ser el propietario por lo que el vendedor tendrá que proceder a lo que se conoce como "saneamiento por evicción", es decir... mantenerte en la pacífica posesión de la cosa vendida o bien restituir el precio de la cosa e indemnizarte por daños y perjuicios.

Te recomiendo que pidas la factura de compra para cerciorarte que está a su nombre y que en caso de que no la tenga o la factura esté a nombre de otra persona, deja constancia de ello en el contrato.

1 respuesta
GeO-Granada

#15 ya lo he puesto todo eso xd

si queréis lo dejo por si a alguien le hace falta:

CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA DE TELEFONO MOVIL

En ………………………… a ….. de …………….. de 20….

REUNIDOS:

Don…………………………………………………………………………………………………. mayor de edad del municipio de ………………….. CP ………………… , con domicilio en Calle ………………………………………. con D.N.I…………………………………….
Y don .................................................. .................................................. ..mayor de edad, con domicilio en ........................, calle......................... , número ................. , D.N.I. Nº .......................

Ambos con capacidad legal suficiente para la celebración de este acto, libre y espontáneamente, acuerdan:

I .- Que .................................................. ...................................es propietario de un teléfono móvil marca ………………………….., modelo ……………….. , con número de Imei.......................... y Nº de factura……………………………. En calidad de ser un producto seminuevo, original y adquirido de forma legal.

II .- Que habiendo convenido en la venta de los bienes reseñados a Don……………………………………………………………………………………………………… formalizan un convenio mediante el presente contrato, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA .- Don............................................... .................................. vende a don………………………………………………………………………………….. el teléfono móvil descrito por el precio y las condiciones que más adelante se expresan.
Don .................................................. ............................................... acepta la venta a su favor efectuada.

SEGUNDA .- El precio de la compraventa que se realiza es de €, entregados en efectivo por parte de Don…………………………………………………………………
a Don …………………………………..................................... ...................... y que este último recibe a su entera satisfacción, otorgando por este documento eficaz carta de pago acerca de su recibo.

TERCERA .- También en este acto , Don……………................................. hace entrega a Don…………………………………………………………………………………… del teléfono móvil en perfecto estado y funcionamiento, de todas sus características y accesorios.

CUARTA .- En el caso de que el producto anteriormente mencionado no cumpla con el estado mencionado, tanto en la parte física como en su funcionamiento, siempre y cuando por causas ajenas a desperfectos ocasionados por el comprador, el vendedor responderá dentro de los 30 días siguientes de su compra, proporcionando otro móvil del mismo modelo y marca o la devolución total del dinero a la parte compradora.

QUINTA.- El vendedor se hace responsable y asegura que la factura del teléfono es original y que por lo tanto el teléfono tiene/ha tenido sus 2 años de garantía oficiales en caso contrario el vendedor se hará cargo de cualquier desperfecto de fábrica y pagar la totalidad de su reparación, dentro de los 30 días mencionados.

SEXTA,- El vendedor asegura que el teléfono ha tenido una modificación de software, en caso de que el terminal falle por causas directas de esa modificación, el comprador se acogerá a la cláusula CUARTA.

SEPTIMA.-En caso de que el teléfono fuese bloqueado por Imei por no haber sido obtenido de forma legal o por deuda del mismo, el vendedor responderá en todo momento ante el comprador, y si se requiriera, ante los organismos legales competentes.

OCTAVA.- Asimismo, el vendedor no responderá en el caso de deterioro o rotura derivado del mal uso ejercido sobre el teléfono móvil por parte del comprador, quedando expresamente fuera de esta garantía.

NOVENA.- El comprador queda exento de cualquier problema legal que le pudiera suponer la compra del terminal por cualquier causa anterior a la firma de este contrato.

OTRAS.-

EN TODO LO NO EXPRESAMENTE PREVISTO EN ESTE CONTRATO SERÁ APLICADA LA NORMATIVA DE COMPRA Y VENTA ENTRE PARTICULARES QUE SE ESTABLECE EN LA LEY.

En cuyos términos queda redactado este contrato, en el cual ambas partes se afirman y ratifican, firmándolo por duplicado y a un solo efecto, en la ciudad y fecha en el encabezamiento expresadas.

En …………………………. a ….. de…………… de 20….

VENDEDOR COMPRADOR

1
TSex

Yo es que me descojono

1 respuesta
GeO-Granada

#17 con qué? xd

Fireternal

#7 Hombre, en el caso de que falle el movil y teniendo un contrato firmado puedes tirarte la bola para acojonarle si no te quiere devolver el dinero.

DeFiNiTioN

Puede acojonarle sí, pero es que le sale más caro el juicio que coger él y comprarse el último móvil que saliera al mercado. De todas formas estás haciendo lo correcto, así que adelante.

G

El contrato de compraventa puede ser escrito, verbal y si me apuras creo recordar que tácito.
La virtualidad de hacer un contrato por escrito en este caso podría ser facilitar la prueba, en un posible pleito, de algunos extremos. No sé por qué pero no te veo litigando por un móvil. No te preocupes, hijo mio, que el contrato existe, y no es menos válido porque sea verbal.
Si el móvil es la peste en vinagre podrás seguir persiguiendo a tu vendedor-estafador legalmente sin ninguna cortapisa, no te preocupes por eso. Aunque ahora que caigo esto ya te lo dijo #2.
Obviamente la compraventa sería entre particulares y no se aplicaría el régimen de los consumidores. Harías bien en leerte los articulo 1445 y ss del Código Civil de nuestra amada e insigne patria

Preocúpate mejor por hacer una compra sensata.

1
B

y xk no le dices ke lo ponga por ebay con compra directa y lo pagas por paypal?? asi queda referencia de la transaccion y si te estafase paypal te cubre

allmy

#2 Pero te libras de lios. En un trato oral es su palabra contra la tuya.

De todas maneras, si lo hace mira que la forma del contrato y del dni coincida.

xingular

Tío, si te sale malo vas y le mueles a palos después ¿qué problema hay?

TSex

Lo mejor es que te presentes con un notario.

M

esta mierda de thread no puede ser verdad...

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